¿Qué es el acoso telefónico por deudas ? El acoso telefónico por deudas se produce cuando un acreedor, una agencia de cobros o cualquier otra persona intenta cobrar una deuda utilizando un lenguaje obsceno, profiriendo amenazas o llevando a cabo cualquier otra conducta que pueda considerarse acosadora según la ley. Si está siendo acosado por cobradores de deudas por teléfono, ¡tiene derechos! En este post, le explicaremos cuáles son esos derechos y cómo poner denuncias por acoso telefónico .
Saldar la deuda por la vía rápida con Línea Legal
Con Línea Legal podrá saldar la deuda que tenga de la manera más rápida posible. Podemos ayudarle a librarse del acoso de los acreedores y las agencias de cobro por su deuda. Nuestros servicios le ofrecen una forma fiable, segura y legal de liquidar sus deudas de forma eficaz. No sólo le ayudamos a reducir o eliminar la cantidad adeudada, sino que también proporcionamos orientación financiera para garantizar que todas sus deudas se paguen a tiempo.
Entendemos que las deudas pueden ser abrumadoras y frustrantes, por eso nos esforzamos en ayudarle con la liquidación de deudas de la forma más eficaz posible. Con nuestra ayuda, podrá saldar sus deudas de forma rápida y sencilla, lo que le permitirá seguir adelante con su vida libre de acosos y preocupaciones.
¿Te cuesta Pagar tus Deudas?
Cancela toda la Deuda que no puedas pagar gracias al trámite Europeo.
Contacta con nosotros y te explicamos cómo hacerlo.
El acoso de los cobradores ¿es legal?
Cuando una persona se encuentra en una situación de impago de su hipoteca, puede experimentar presión por parte de los cobradores. En España, aunque las entidades de crédito y sus gestores de cobro tienen derecho a reclamar las deudas pendientes, existen límites en cuanto a las prácticas que pueden emplear. El acoso de cobradores no es una práctica legal y los deudores tienen derechos que les protegen frente a comportamientos abusivos. La legislación española, en particular la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, establece que todos los individuos tienen derecho a que se respete su vida privada y familiar, su domicilio y su comunicación.
Prácticas prohibidas por la ley
- Llamar a horas inadecuadas, como fuera del horario de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes, y de 9:00 a 14:00 horas los sábados.
- Realizar llamadas de forma insistente y con una frecuencia que pueda considerarse acoso.
- Amenazar, insultar o utilizar un lenguaje inapropiado.
- Revelar la existencia de la deuda a terceros, violando la privacidad del deudor.
Si un deudor se enfrenta a prácticas de acoso, tiene derecho a tomar medidas legales para proteger su integridad y su privacidad, incluyendo la presentación de una reclamación ante la AEPD o la interposición de una demanda por vulneración de derechos fundamentales.
A partir de cuantas llamadas es acoso
Determinar el número exacto de llamadas que constituye acoso no está definido de manera estricta por la ley española, ya que el concepto se basa más en la naturaleza y el efecto de las acciones que en la cantidad. Se considera que hay indicios de acoso cuando las llamadas son repetitivas, insistentes y se realizan con el fin de intimidar, presionar o molestar al receptor, especialmente si este ha manifestado su deseo de que cesen.
Indicadores de acoso:
- Llamadas frecuentes en un corto período de tiempo.
- Contenido amenazante, ofensivo o humillante.
- Solicitud repetida de que no se le contacte más.
- Llamadas en horarios inapropiados.
Es importante que los afectados documenten todas las llamadas recibidas, incluyendo fecha, hora, duración y contenido de la conversación, ya que esta información será crucial en caso de presentar una denuncia por acoso telefónico.
Normativa aplicable en España
En España, la normativa que regula las prácticas de cobro de deudas y protege a los consumidores frente al acoso incluye:
- Ley 1/2020, de 5 de mayo: Establece que las entidades de crédito y empresas de recobro deben actuar con transparencia y buena fe, evitando el acoso.
- Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales: Regula el tratamiento de datos personales y la protección de la privacidad.
- Código Civil español: Regula las obligaciones y contratos, incluyendo las condiciones bajo las cuales se puede reclamar una deuda.
- Ley 22/2007, de 11 de julio: Establece disposiciones relevantes en cuanto a la información que debe proporcionarse a los consumidores.
- Ley 9/2014, de 9 de mayo: Establece el marco para la protección de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, incluyendo la protección contra el acoso por llamadas.
El incumplimiento de estas normativas puede conllevar sanciones administrativas y, en casos graves, penales, de acuerdo con el Código Penal español.
Identificación de llamadas de acoso
Identificar correctamente las llamadas de acoso es el primer paso para poder ejercer los derechos del deudor y tomar medidas legales. A continuación, se describen algunas características que pueden ayudar a identificar este tipo de llamadas:
- Frecuencia: Recibir llamadas reiteradas en un corto periodo de tiempo.
- Horario: Llamadas en horarios inapropiados, como muy temprano por la mañana, tarde por la noche, o en días festivos.
- Contenido: Amenazas, insultos, lenguaje ofensivo o intimidatorio.
- Anonimato del Llamante: Negativa a proporcionar la identidad del acreedor.
- Desinformación: Proporcionar información falsa o engañosa.
- Negativa a Proporcionar Información: Negarse a proporcionar información sobre la deuda.
- Insistencia en Pagos Inmediatos: Presionar para realizar pagos inmediatos a través de métodos no rastreables.
Es importante que los deudores estén informados sobre estas prácticas para poder identificarlas y actuar en consecuencia. En caso de duda, es aconsejable consultar con un profesional legal para obtener asesoramiento específico y tomar las medidas adecuadas. Tomar estas acciones de manera oportuna y adecuada puede ayudarte a manejar eficazmente una notificación de embargo y proteger tus derechos como deudor.
Derechos del deudor frente al acoso
En España, los deudores están protegidos contra el acoso de acreedores y empresas de recobro, con derechos que salvaguardan su dignidad y privacidad. Entre estos derechos fundamentales se incluyen:
- Intimidad y dignidad: Protegidos por el artículo 18 de la Constitución, los deudores tienen derecho a que se respete su intimidad personal y familiar.
- Protección de datos: Según el RGPD y la LOPDGDD, su información personal debe manejarse de manera confidencial y solo para la gestión de la deuda.
- Prohibición de acoso: No deben ser sometidos a presión, intimidación o acoso, incluyendo limitaciones en el número y horario de llamadas, y el deber de identificación clara por parte del acreedor.
- Información transparente: Tienen derecho a recibir información clara y completa sobre su deuda, incluyendo montos, intereses y gastos.
- Reclamaciones: Pueden presentar reclamaciones ante la AEPD o el Banco de España si consideran que sus derechos han sido violados.
- Defensa ante errores: Pueden defenderse ante reclamaciones indebidas y acudir a la mediación o los tribunales si es necesario.
- No discriminación: No pueden ser discriminados por su condición de moroso y deben tener acceso a bienes y servicios básicos.
Estrategias para manejar el acoso telefónico
Cuando se enfrenta a situaciones de acoso telefónico por parte de acreedores o agencias de cobro, es crucial adoptar un enfoque proactivo y estratégico para manejar la situación de manera efectiva y reducir el estrés que estas llamadas pueden generar. A continuación, se presentan algunas estrategias recomendadas para manejar el acoso telefónico:
- Mantener la Calma : Es importante mantener la calma durante las llamadas y no permitir que el acoso telefónico afecte su estado emocional. Responder de manera serena y controlada puede evitar que la situación escale.
- Conocer sus Derechos : Infórmese sobre sus derechos como deudor bajo la normativa española, incluyendo la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley de Consumidores y Usuarios. Esto le permitirá saber hasta qué punto los acreedores pueden actuar y cuándo están cruzando la línea del acoso.
- Solicitar Información por Escrito : Pida al acreedor o a la agencia de cobro que le envíe la información de la deuda por escrito. Esto no solo proporciona una prueba documental, sino que también puede ayudar a verificar la legitimidad de la deuda y la identidad del acreedor.
- Establecer un Método de Comunicación Preferente : Puede solicitar que la comunicación se realice a través de un canal específico, como el correo electrónico o las cartas, lo que le dará más tiempo para responder y reducirá la presión de las llamadas inesperadas.
- Limitar las Comunicaciones : Informe al acreedor o a la agencia de cobro sobre los horarios en los que no desea ser contactado, respetando los límites establecidos por la normativa en cuanto a horarios y frecuencia de las llamadas.
- Registrar las Llamadas : Mantenga un registro detallado de todas las llamadas recibidas, incluyendo la fecha, la hora, el nombre de la persona que llama y la empresa que representa, así como un resumen del contenido de la conversación.
- No Proporcionar Información Adicional : Evite dar información personal o financiera adicional durante las llamadas, ya que esto podría ser utilizado en su contra o para aumentar la presión.
- Negociar o Establecer un Plan de Pago : Si es posible, intente negociar un plan de pago realista con el acreedor o la agencia de cobro, siempre por escrito, para evitar malentendidos futuros.
- Consultar con un Asesor Financiero o Legal : Si se siente abrumado o incierto sobre cómo proceder, puede ser útil buscar el consejo de un profesional que pueda ofrecerle orientación específica para su situación.
- No Ignorar la Deuda : Aunque es importante manejar el acoso, no ignore la deuda subyacente. Busque soluciones a largo plazo para resolver su situación financiera.
Implementar estas estrategias puede ayudar a reducir la frecuencia y el impacto del acoso telefónico, y proporcionar un camino claro para manejar la deuda de manera efectiva y dentro de los límites de la ley.
Pasos legales para defenderse del acoso por deudas
Cuando se enfrenta a situaciones de acoso por deudas, es fundamental conocer y seguir una serie de pasos legales para proteger sus derechos. A continuación, se detallan las acciones que puede emprender para defenderse legalmente del acoso por deudas en España:
- Conocer sus Derechos : Infórmese sobre la Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establecen los límites y obligaciones de los acreedores durante el proceso de cobro de deudas.
- Documentar el Acoso : Mantenga un registro detallado de todas las llamadas y comunicaciones recibidas, incluyendo fecha, hora, nombre de la persona que llama y contenido de la conversación. Guarde copias de cualquier correspondencia escrita o electrónica.
- Comunicación por Escrito : Solicite por escrito al acreedor o a la empresa de cobros que cesen las llamadas de acoso. Utilice medios que dejen constancia de la comunicación, como el correo certificado con acuse de recibo.
- Solicitud de Deuda por Escrito : Pida al acreedor una validación de la deuda por escrito. Tienen la obligación de proporcionarle información detallada sobre la deuda reclamada.
- Denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) : Si el acoso continúa, puede presentar una denuncia ante la AEPD, especialmente si se están vulnerando sus derechos en relación con la protección de sus datos personales.
- Denuncia ante la Policía : En casos de acoso severo o amenazas, puede presentar una denuncia ante las autoridades policiales.
- Acudir a la Inspección de Consumo : Puede presentar una reclamación ante los servicios de consumo de su comunidad autónoma si considera que se están vulnerando sus derechos como consumidor.
- Asesoramiento Legal : Busque asesoramiento legal para evaluar su situación y recibir orientación sobre los pasos a seguir. Un abogado especializado podrá asistirle en el proceso y representarle frente a las acciones de los acreedores.
- Medidas Judiciales : Si el acoso no cesa, su abogado puede recomendarle iniciar acciones legales contra el acreedor por daños y perjuicios o por vulneración de sus derechos fundamentales.
- Negociación de la Deuda : En algunos casos, puede ser conveniente negociar con el acreedor un plan de pago o una reducción de la deuda. Siempre hágalo por escrito y con el asesoramiento de un profesional.
- Insolvencia y Segunda Oportunidad : Si su situación económica no le permite hacer frente a la deuda, puede informarse sobre la Ley de Segunda Oportunidad, que permite a los particulares liberarse de cargas financieras insostenibles bajo ciertas condiciones.
Recuerde que el acoso por deudas no solo es moralmente reprobable, sino que también puede constituir una ilegalidad. Defender sus derechos es esencial para proteger su integridad y bienestar.
¿Cómo presentar una denuncia por acoso telefónico?
Si usted está siendo objeto de acoso telefónico, es importante saber que tiene derecho a presentar una denuncia. A continuación, se detallan los pasos a seguir para presentar una denuncia por acoso telefónico en España:
- Recopilación de Evidencia : Antes de presentar una denuncia, es esencial recopilar toda la evidencia posible. Esto incluye:
- Registrar el número de teléfono desde el que se recibe el acoso.
- Guardar mensajes de voz, SMS o correos electrónicos que puedan ser considerados parte del acoso.
- Anotar la fecha, hora y contenido de las llamadas para tener un registro detallado de los hechos.
- Denuncia ante la Policía : Con la evidencia recopilada, debe dirigirse a la comisaría de policía más cercana para presentar una denuncia formal. Es recomendable llevar una identificación válida y cualquier otra documentación que pueda respaldar su caso.
- Formulario de Denuncia : En la comisaría, se le proporcionará un formulario de denuncia que deberá completar con la mayor precisión posible. Asegúrese de describir detalladamente los hechos y de aportar toda la evidencia que haya recopilado.
- Asesoramiento Legal : Aunque no es obligatorio, puede ser aconsejable buscar asesoramiento legal antes de presentar la denuncia. Un abogado especializado en la materia podrá orientarle sobre el proceso y ayudarle a preparar su caso de la mejor manera posible.
- Seguimiento de la Denuncia : Una vez presentada la denuncia, la policía iniciará una investigación. Es importante hacer seguimiento del caso y mantenerse en contacto con las autoridades para conocer el estado de la denuncia.
- Protección de Datos : Recuerde que tiene derechos de protección de datos. Si considera que se han vulnerado estos derechos, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
- Asistencia de Organizaciones : Existen organizaciones y asociaciones de consumidores que pueden ofrecer asistencia y asesoramiento en casos de acoso telefónico. No dude en contactarlas si necesita apoyo adicional.
Es importante actuar con rapidez y determinación en casos de acoso telefónico. La denuncia no solo sirve para buscar una solución a su caso particular, sino que también ayuda a prevenir que otras personas sean víctimas de acoso.
¿Qué debo hacer si sufro acoso telefónico por deudas?
Si usted se encuentra en una situación en la que sufre acoso telefónico debido a deudas pendientes, es importante saber que existen medidas que puede tomar para proteger sus derechos. El acoso telefónico por parte de acreedores o empresas de recobro no solo es una práctica indebida, sino que también está regulado por la normativa española, que establece límites y obligaciones para estas entidades.
En primer lugar, es fundamental que mantenga la calma y no se deje intimidar por las llamadas. A continuación, le ofrecemos una serie de pasos que puede seguir:
- Registro de las Llamadas : Comience por llevar un registro detallado de todas las llamadas recibidas, anotando la fecha, hora, nombre de la persona o empresa que llama y el contenido de la conversación.
- Comunicación Escrita : Solicite por escrito a la entidad que cese el acoso telefónico. Puede enviar una carta certificada con acuse de recibo, dejando constancia de su petición.
- Derechos ARCO : Ejercite sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) en relación con sus datos personales, solicitando que no sean utilizados para fines de recobro.
- Aviso de Actuaciones Legales : Informe a la entidad que, de no cesar el acoso, emprenderá acciones legales. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios protegen contra este tipo de prácticas abusivas.
- Denuncia : Si el acoso no cesa, presente una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o ante los organismos de consumo competentes. También puede acudir a la policía o a los juzgados si considera que se están vulnerando sus derechos.
- Asesoramiento Legal : No dude en buscar asesoramiento legal. Un abogado especializado podrá guiarle sobre las medidas a tomar y representarle en cualquier procedimiento necesario.
Documentación y registro de llamadas
Registrar y documentar adecuadamente las llamadas de acoso por deudas es fundamental para protegerse y tomar acciones legales si es necesario. A continuación, se presentan pasos clave para llevar un registro efectivo:
- Fecha y Hora: Registra la fecha y hora exactas de cada llamada. Esto ayuda a identificar patrones y verificar si las llamadas se hacen en horarios inapropiados.
- Identificación del Interlocutor: Solicita el nombre, apellido, cargo y la empresa que representa la persona que llama. Si se niegan, anótalo.
- Contenido de la Conversación: Detalla lo discutido en la llamada, incluyendo reclamaciones, ofertas o amenazas. Es crucial registrar si el tono es intimidatorio.
- Número de Teléfono: Apunta el número desde el cual se realizó la llamada y cualquier otro contacto proporcionado.
- Acciones Propuestas: Anota cualquier propuesta o acuerdo discutido, aunque no se haya concretado.
- Grabaciones: Si decides grabar las llamadas, informa al interlocutor al inicio, ya que la ley española requiere el consentimiento de ambas partes. Guarda las grabaciones de forma segura con la fecha y hora correspondientes.
- Correspondencia Escrita: Conserva cualquier carta, correo electrónico o mensaje de texto relacionado con la llamada.
- Testigos: Si hay testigos presentes durante la llamada, registra sus nombres y contactos.
- Asesoramiento Legal: Consulta a un abogado si tienes dudas sobre cómo registrar las llamadas o sobre su legalidad.
Este registro detallado es esencial para demostrar el acoso y ejercer tus derechos. Además, la documentación cuidadosa puede disuadir a los acreedores de continuar con prácticas abusivas, al saber que sus acciones podrían tener consecuencias legales.
Presentación de quejas formales
Cuando un individuo sufre acoso por deudas, es esencial conocer cómo presentar quejas formales. En España, este proceso está regulado y protege al consumidor. A continuación, se describen los pasos a seguir para presentar quejas formales ante las autoridades competentes.
Identificación de la autoridad competente:
En casos de acoso por deudas, la autoridad a la que dirigirse puede ser la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) o el Instituto Nacional de Consumo, según la comunidad autónoma del deudor.
Documentación necesaria:
Para presentar una queja formal, se requiere:
- Identificación del deudor (DNI o NIE).
- Documentos que acrediten la relación con el acreedor (contrato, facturas, etc.).
- Registro detallado de llamadas recibidas, con fechas, horas y contenido.
- Pruebas adicionales del acoso, como grabaciones (siempre que haya consentimiento), mensajes de texto o correos electrónicos.
Proceso de presentación de la queja:
- Redactar la queja, describiendo claramente los hechos y adjuntando toda la documentación.
- Presentarla ante la autoridad competente, ya sea presencialmente en las oficinas de consumo de la comunidad autónoma o electrónicamente.
- Obtener un acuse de recibo como confirmación de la presentación.
Evaluación de la queja: La autoridad competente evaluará la queja y, si es necesario, iniciará una inspección. El deudor tiene derecho a ser informado sobre el estado de su queja y a recibir una respuesta en un tiempo razonable.
Resolución y acciones posteriores: Si la resolución es favorable al deudor, la autoridad puede sancionar al acreedor y tomar medidas para evitar futuros acosos. Si el deudor no está satisfecho con la resolución, puede considerar acciones legales con un abogado especializado.
Importancia de la queja formal: Presentar quejas formales es un derecho del consumidor y un medio esencial para protegerse de prácticas abusivas. La documentación y el registro detallado son cruciales para el éxito del proceso.
Asistencia legal en casos de acoso por deudas o empresas de recobro
Enfrentarse al acoso por deudas requiere conocer las opciones de asistencia legal disponibles en España. Lo primero es consultar con un abogado especializado en derecho del consumo o protección de deudores, quien puede asesorar y defender tus derechos.
Muchos municipios y comunidades autónomas ofrecen servicios de orientación jurídica gratuita a través de colegios de abogados, asociaciones de consumidores o instituciones públicas. Estas organizaciones también pueden proporcionar representación legal y recursos adicionales. El Defensor del Pueblo puede intervenir en casos de acoso, especialmente con entidades públicas, actuando como mediador. Si el acoso persiste, se pueden iniciar acciones judiciales, incluyendo demandas por daños o medidas cautelares.
En casos extremos, la Ley de Segunda Oportunidad permite reestructurar o cancelar deudas bajo ciertas condiciones, con el asesoramiento adecuado. Buscar asistencia legal es fundamental para proteger tus derechos y resolver el acoso de manera efectiva.
¿Cuáles son los derechos frente al acoso telefónico?
En España, los derechos de los consumidores y usuarios frente al acoso telefónico, incluido el derivado de situaciones de deuda, están protegidos por diversas normativas. El acoso telefónico puede ser considerado una violación de la intimidad personal y familiar, protegida por el artículo 18 de la Constitución Española. Además, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, establece el marco para la protección de datos personales, incluyendo el derecho a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de datos, lo que incluye la creación de perfiles.
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) también proporciona un marco de protección contra prácticas comerciales agresivas o desleales, que pueden incluir el acoso telefónico. Esta ley establece que los consumidores tienen derecho a la protección contra la coacción y el acoso, lo que es aplicable a las prácticas de cobro de deudas. Además, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) establece límites a la comunicación comercial por vía telefónica, especialmente en lo que respecta a la necesidad de obtener el consentimiento previo del usuario antes de realizar llamadas con fines comerciales.
Modelo de denuncia por acoso telefónico
A continuación, se presenta un modelo de denuncia por acoso telefónico que puede ser utilizado como referencia para formular una denuncia ante las autoridades competentes en España. Es importante adaptar el contenido a las circunstancias específicas de cada caso y proporcionar toda la información y documentación relevante.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE NOMBRE DE LA LOCALIDAD…
Yo, Nombre y Apellidos del denunciante… mayor de edad, con DNI número Número de DNI… y domicilio en Dirección completa… ante este Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que por medio del presente escrito vengo a interponer DENUNCIA por presuntos delitos de acoso telefónico, de conformidad con lo establecido en el artículo 172 ter del Código Penal, contra Nombre y Apellidos o Razón Social del presunto acosador o empresa… con domicilio en Dirección completa… y teléfono número Número de teléfono… por los siguientes hechos:
PRIMERO: Que desde el día Fecha de inicio del acoso… vengo recibiendo llamadas telefónicas de forma reiterada y en horarios inadecuados, concretamente especificar horarios… por parte del denunciado.
SEGUNDO: Que dichas llamadas tienen como finalidad especificar la finalidad, por ejemplo, reclamar el pago de una deuda… y se han producido con una frecuencia de indicar frecuencia, por ejemplo, varias veces al día/semana…
TERCERO: Que he manifestado en reiteradas ocasiones mi voluntad de no recibir más llamadas, sin que hasta la fecha haya cesado dicho comportamiento, lo que me ha generado una situación de angustia y estrés.
CUARTO: Que a pesar de haber solicitado al denunciado que cese en su comportamiento, este ha hecho caso omiso a mis peticiones, continuando con las llamadas de acoso.
Por todo ello,
SOLICITO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan, se sirva admitirlo, se tenga por formulada denuncia por delitos de acoso telefónico contra Nombre y Apellidos o Razón Social del presunto acosador o empresa… y tras las diligencias oportunas, se proceda conforme a derecho corresponda.
Es justicia que pido en Localidad… a Fecha de presentación de la denuncia…
Firma: ______________________
Documentación Adjunta:
- Fotocopia de DNI.
- Registro detallado de las llamadas recibidas (fecha, hora, duración y número de origen).
- Cualquier otra prueba de la que disponga el denunciante (grabaciones de llamadas, mensajes de texto o correos electrónicos).
Este modelo es solo un ejemplo y debe ser adaptado a las circunstancias particulares de cada caso. Se recomienda la asistencia de un abogado para la correcta formulación de la denuncia y seguimiento del procedimiento legal.
Referencias Legales
En el contexto de la protección frente al acoso por deudas en España, las siguientes referencias legales son de particular relevancia y proporcionan el marco regulatorio dentro del cual se deben ejercer y defender los derechos de los deudores:
Constitución Española de 1978
- Artículo 18, que protege el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
- Artículo 24, que garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
- Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen : Establece los límites y protecciones contra las intromisiones ilegítimas en la vida privada de las personas.
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil:
- Artículos 247 y siguientes, que regulan el principio de buena fe procesal y los actos de comunicación judicial.
- Artículo 548, que establece el proceso de ejecución y los límites a las actuaciones de los acreedores.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales:
- Artículos relacionados con el tratamiento de datos personales y el respeto a la privacidad en el contexto de la gestión de deudas.
- Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias:
- Artículos que protegen a los consumidores de prácticas comerciales desleales y abusivas.
- Código de Conducta para la gestión de recobro de deudas: Un conjunto de principios y buenas prácticas adoptados por la industria de recobro de deudas, que aunque no tiene carácter vinculante, sirve como guía para las prácticas aceptables en el sector.
- Instrucción 1/2007, de 12 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales para la gestión de cobros: Establece los criterios para el tratamiento de datos personales en las actividades de gestión y recobro de deudas.
- Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores: Regula las comunicaciones comerciales y la protección de los consumidores en el ámbito de los servicios financieros a distancia.
- Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero:
- Artículo 48, que regula las actuaciones de las entidades financieras en el proceso de gestión de cobros.
- Jurisprudencia del Tribunal Supremo y de otros tribunales nacionales: Sentencias relevantes que han interpretado y aplicado las normas anteriores en casos de acoso por deudas.
Acoso teléfonico y Ley de Segunda Oportunidad
En situaciones de acoso en España por deudas, muchas personas sienten miedo al recibir constantes llamadas al móvil de empresas como Gescobro. Este maltrato no solo afecta a los deudores, sino también a sus amigos y familiares. Para protegerse, es fundamental inscribirse en la Lista Robinson y recurrir a la agencia de protección de datos, además de contactar con la autoridad de consumo correspondiente. Es decir, el dinero no debería ser motivo para tolerar abusos. Con el apoyo de internet, los consumidores pueden encontrar recursos y dar un cambio de línea en su defensa frente a estas prácticas.
¿Te cuesta Pagar tus Deudas?
Cancela toda la Deuda que no puedas pagar gracias al trámite Europeo.
Contacta con nosotros y te explicamos cómo hacerlo.