La prescripción de las deudas es uno de los temas más recurrentes en derecho civil y mercantil, y una de las mayores preocupaciones tanto para acreedores como para deudores. En este artículo, como abogados especialistas en derecho de segunda oportunidad y reclamaciones de deudas, te explicamos cuándo prescribe una deuda reclamada judicialmente en España, cómo afecta el proceso judicial a los plazos y qué herramientas existen para proteger tus derechos.
¿Qué significa que una deuda prescriba judicialmente?
La prescripción de una deuda implica la extinción del derecho del acreedor a reclamarla judicialmente por el paso del tiempo. No significa que la deuda desaparezca como tal, sino que el deudor tiene la posibilidad de oponerse a su pago alegando la prescripción si se cumplen determinados requisitos.
La prescripción es una figura jurídica que busca otorgar seguridad jurídica y estabilidad a las relaciones económicas, evitando reclamaciones eternas por deudas antiguas.
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¿Cuál es el plazo general de prescripción de una deuda en España?
Desde la reforma del Código Civil por la Ley 42/2015, el plazo general de prescripción de las acciones personales que no tienen un plazo específico es de 5 años.
Este plazo comienza a contar desde el momento en que la deuda es exigible, es decir, desde que el acreedor puede legalmente reclamar el pago.
Ejemplos de deudas con plazo de 5 años:
- Préstamos personales entre particulares o con bancos.
- Reclamaciones de impago de suministros (agua, luz, gas).
- Facturas impagadas de profesionales o empresas.
¿Qué ocurre si la deuda se reclama judicialmente?
Cuando una deuda se reclama judicialmente, ya sea mediante demanda en el Juzgado o a través de un procedimiento monitorio, la situación cambia radicalmente. En ese momento, se interrumpe el plazo de prescripción.
¿Qué significa la interrupción de la prescripción?
La interrupción implica que el cómputo del plazo de prescripción se detiene. Una vez finalizado el proceso judicial y dictada sentencia, comienza un nuevo plazo de prescripción, pero con características distintas.
¿Cuál es el plazo de prescripción tras una reclamación judicial?
Cuando el acreedor ha acudido a la vía judicial y se ha dictado una sentencia firme que reconoce la deuda, esta pasa a considerarse una obligación derivada de título judicial.
En este caso, la deuda ya no está sujeta al plazo general de 5 años, sino que se aplica el plazo de prescripción de 20 años, regulado en el artículo 1964.2 del Código Civil, que establece:
«La acción para reclamar el cumplimiento de las obligaciones declaradas por sentencia judicial tiene un plazo de prescripción de 20 años.»
¿Qué implica esto?
Una vez obtenida la sentencia favorable, el acreedor dispone de 20 años para ejecutar la sentencia o reclamar el cumplimiento de la obligación reconocida judicialmente.
Durante este periodo, el acreedor puede solicitar al juzgado el embargo de bienes, el bloqueo de cuentas o cualquier otra medida de ejecución forzosa contra el deudor.
¿Cuándo comienza a contar el plazo de 20 años?
El cómputo de este plazo se inicia desde que la sentencia es firme, es decir, desde que ya no cabe recurso ordinario contra ella. Esto suele coincidir con el momento en que:
- Ha transcurrido el plazo para recurrir sin que ninguna de las partes lo haya hecho, o
- El recurso planteado ha sido resuelto.
Es fundamental entender que cada vez que el acreedor realiza un acto de ejecución, como pedir un embargo o notificar al juzgado algún trámite para ejecutar la sentencia, el plazo de prescripción de la deuda vuelve a interrumpirse y comienza de nuevo el cómputo de 20 años.
¿Qué diferencia hay entre una deuda judicializada y no judicializada?
Deuda no reclamada judicialmente | Deuda con sentencia firme (judicializada) |
---|---|
Prescribe en 5 años | Prescribe en 20 años |
El plazo puede interrumpirse por reclamación extrajudicial | El plazo solo se interrumpe por actos de ejecución |
Menor seguridad jurídica para el acreedor | Mayor seguridad jurídica para el acreedor |
¿Qué pasa si el acreedor no ejecuta la sentencia?
Si el acreedor deja pasar los 20 años sin realizar ningún acto de ejecución, la deuda reconocida por sentencia prescribe y el deudor podrá oponerse a cualquier intento de cobro.
Es importante recalcar que una vez prescrito este plazo, ni siquiera la existencia de una sentencia firme permitirá al acreedor iniciar la ejecución.
¿Cómo puede interrumpirse la prescripción de la deuda judicializada?
La forma más eficaz de interrumpir la prescripción de una deuda reconocida en sentencia es realizando actos de ejecución dentro del proceso judicial. Algunos ejemplos de estos actos son:
- Solicitud de embargo de bienes del deudor.
- Requerimientos judiciales de pago.
- Diligencias de localización de bienes.
Cada acto de este tipo reinicia el cómputo de los 20 años.
¿Qué sucede con los intereses de la deuda?
Cuando una deuda es reconocida en sentencia, además de la cantidad principal, se pueden reconocer intereses de demora.
El plazo de prescripción de esos intereses también es de 20 años, si derivan directamente de la sentencia. No obstante, en la práctica, es recomendable reclamarlos dentro del proceso de ejecución para evitar futuras complicaciones.
¿Prescribe la deuda si la empresa vende el crédito a un fondo buitre?
La venta de la deuda a un tercero, como los conocidos fondos buitre, no afecta al plazo de prescripción. El nuevo titular del crédito asume la posición del acreedor original, incluyendo el plazo de prescripción en el estado en el que se encuentre en ese momento.
Es decir, si la deuda ya estaba reconocida por sentencia firme, el fondo buitre tendrá igualmente 20 años para ejecutarla o realizar actos que interrumpan la prescripción.
¿Qué ocurre si el deudor reconoce la deuda?
El reconocimiento de la deuda por parte del deudor, ya sea verbalmente, por escrito o mediante un pago parcial, puede interrumpir la prescripción y volver a iniciarse el cómputo del plazo.
No obstante, cuando la deuda está judicializada y existe sentencia firme, lo más recomendable es que cualquier actuación se canalice a través del juzgado para no perder derechos.
¿Qué alternativas tiene el deudor si no puede pagar una deuda judicializada?
Si te enfrentas a una deuda reconocida por sentencia y no puedes hacer frente al pago, tienes opciones legales como la Ley de Segunda Oportunidad. Este mecanismo permite a personas físicas liberarse de deudas, incluso aquellas derivadas de resoluciones judiciales, mediante un procedimiento judicial o extrajudicial.
Es fundamental contar con un abogado especializado para valorar si cumples los requisitos y guiarte durante el proceso.
Conclusión: La importancia de conocer los plazos y actuar a tiempo
Saber cuándo prescribe una deuda reclamada judicialmente en España es crucial tanto para el deudor como para el acreedor. La sentencia firme otorga al acreedor un plazo de 20 años para ejecutar la deuda, pero debe mantenerse activo en su reclamación para evitar que prescriba.
Por su parte, el deudor debe conocer sus derechos y, en caso de imposibilidad de pago, valorar opciones como la Ley de Segunda Oportunidad antes de sufrir embargos o ejecuciones.
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