Dación en pago y condonación de deuda: guía para proteger tu vivienda

Dación en pago y condonación de deuda
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¿Qué es la dación en pago y en qué casos se aplica?

La dación en pago es una alternativa legal mediante la cual un deudor entrega su vivienda al banco para saldar una deuda hipotecaria pendiente. Se trata de una figura poco conocida, pero que puede suponer un verdadero salvavidas en situaciones de impago o insolvencia. En otras palabras, en vez de seguir pagando una hipoteca que no se puede sostener, se entrega la casa y, en algunos casos, se extingue la deuda.

Ahora bien, no todos pueden acogerse a este mecanismo. La dación en pago está sujeta a condiciones muy específicas, como que la vivienda sea habitual, que se hayan intentado otras soluciones previamente y que se esté dentro de los supuestos de especial vulnerabilidad. Además, el banco tiene que aceptar este acuerdo, ya que no es una obligación impuesta por ley, salvo en determinados casos dentro del Código de Buenas Prácticas.

En nuestra experiencia como expertos en la Ley de Segunda Oportunidad y negociaciones hipotecarias, muchas familias acuden desesperadas pensando que entregar la vivienda al banco pone fin automáticamente a la deuda. Y aquí es donde hay que ser muy claros: la dación en pago no siempre implica condonación total. Este es uno de los errores más frecuentes y, como veremos a continuación, puede tener consecuencias graves.

¿Sabías que gracias a la Ley de Segunda Oportunidad podrías frenar el desalojo de tu hogar?

Esta ley permite a las personas con deudas que no pueden pagar cancelar sus deudas y frenar las ejecuciones hipotecarias o embargos sobre su vivienda habitual.

Si te encuentras en una situación límite, con riesgo de perder tu casa, es fundamental que conozcas esta herramienta legal.

En nuestro despacho somos especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad y podemos asesorarte para proteger tu vivienda y tus derechos.

Contacta con nosotros y estudiaremos tu caso sin compromiso. Aún estás a tiempo de encontrar una solución y empezar de nuevo.

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¿Se cancela toda la deuda con la dación en pago?

Esta es la gran pregunta y, lamentablemente, la respuesta es: depende.

La dación en pago puede cancelar toda la deuda hipotecaria, pero no siempre lo hace. Para que se produzca la condonación total, debe quedar especificado en el acuerdo con la entidad financiera. En muchos casos, si el valor de tasación de la vivienda es inferior al total de la deuda (incluyendo intereses de demora, costas judiciales y otros gastos), el banco puede exigir el pago del importe restante, aunque se haya entregado el inmueble.

Aquí entra en juego el concepto de «dación en pago con reconocimiento de deuda»: el banco acepta el inmueble, pero el cliente reconoce que aún debe un saldo restante y, por tanto, sigue siendo responsable de esa parte. Esta modalidad ha causado muchos malentendidos y frustraciones.

Nosotros, como especialistas, siempre dejamos algo muy claro: jamás firmes una dación en pago sin una revisión previa experta del acuerdo. Es fundamental comprobar que el documento incluye expresamente una cláusula de condonación de deuda total. De lo contrario, podrías perder tu casa y seguir debiendo dinero.

Diferencia entre dación en pago y condonación de deuda

Aunque van de la mano en muchos contextos, la dación en pago y la condonación de deuda no son lo mismo.

  • Dación en pago: entrega del inmueble como forma de pago de una deuda. Puede incluir o no condonación del importe restante.
  • Condonación de deuda: acuerdo en el que el acreedor renuncia a reclamar parte o la totalidad de una deuda pendiente.

Esto quiere decir que puedes tener una dación en pago sin condonación (sigues debiendo) o una condonación sin dación (por ejemplo, cuando se aplica la Ley de Segunda Oportunidad). El peligro está en asumir que ambos conceptos van juntos de forma automática.

Lo que nosotros siempre hacemos con nuestros clientes es asegurarnos de negociar ambas condiciones de forma conjunta. A veces, es mejor buscar una alternativa más completa, como la Ley de Segunda Oportunidad, si lo que se quiere es salir completamente del círculo de deuda sin perder patrimonio adicional.

Cómo proteger tu vivienda si no puedes pagar la hipoteca

Lo primero que debes saber si estás en riesgo de impago hipotecario es que tienes opciones. Muchas personas creen que el desahucio es inmediato o inevitable, y eso no es cierto.

Existen múltiples vías para proteger la vivienda habitual:

  • Negociar una reestructuración de deuda con el banco: alargar plazos, reducir cuotas, carencias temporales.
  • Solicitar medidas del Código de Buenas Prácticas: para deudores en situación de especial vulnerabilidad.
  • Pedir la dación en pago con condonación incluida, como solución pactada antes de una ejecución hipotecaria.
  • Recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad, si ya hay acumulación de deudas además de la hipoteca.

En nuestra trayectoria hemos ayudado a numerosas familias a frenar ejecuciones hipotecarias en marcha y evitar la pérdida de su casa. La clave está en actuar rápido y con asesoramiento especializado. Cuanto antes te pongas en manos de expertos, mayores serán las posibilidades de éxito.

El papel de la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos sobreendeudados cancelar total o parcialmente sus deudas, incluyendo las hipotecarias. Esta es una opción especialmente útil cuando ya no es viable ni reestructurar ni pagar.

Una de las grandes ventajas es que no depende del visto bueno del banco. Si se cumplen ciertos requisitos (estado de insolvencia, buena fe, intento de acuerdo extrajudicial), se puede acceder al mecanismo judicial que permite cancelar deudas y empezar de cero.

Desde nuestra experiencia, la combinación de la Ley de Segunda Oportunidad y la negociación de una dación en pago bien estructurada puede ser la vía definitiva para liberarte de la deuda y, en algunos casos, incluso mantener tu vivienda.

Además, tras la reforma de 2022, el procedimiento es más ágil, menos costoso y con más garantías de éxito.

Aspectos fiscales de la dación en pago

La dación en pago tiene implicaciones fiscales que no se pueden pasar por alto.

En el IRPF, la entrega de la vivienda puede considerarse una ganancia patrimonial si el valor de transmisión es superior al de adquisición. Sin embargo, en muchos casos esta ganancia está exenta, especialmente si se trata de vivienda habitual y se cumplen ciertos requisitos.

También hay que tener en cuenta el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal). Aunque hay jurisprudencia que exonera al deudor de estos pagos, es fundamental revisar cada caso concreto.

En nuestra práctica profesional, siempre trabajamos codo a codo con fiscalistas para garantizar que el cliente no acabe pagando por entregar su casa. Una mala planificación fiscal puede convertir una solución en un nuevo problema económico.

Nuestra experiencia ayudando a familias a conservar su hogar

A lo largo de los años, hemos tenido el privilegio de ayudar a muchas personas que pensaban que todo estaba perdido. Nos hemos especializado en la Ley de Segunda Oportunidad, daciones en pago y resolución de impagos hipotecarios, precisamente porque sabemos el impacto humano que tienen estas situaciones.

Cuando decimos que somos expertos, lo decimos con fundamento. Sabemos cómo negociar con los bancos, cómo presentar la documentación correctamente, qué argumentos legales funcionan y cómo usar todos los mecanismos legales para proteger al deudor.

En más de una ocasión, hemos logrado que el banco acepte la dación en pago con condonación total incluso en casos donde ya había sentencia de ejecución. También hemos evitado desahucios con apenas días de margen. Y sobre todo, hemos devuelto la tranquilidad a familias que solo querían dormir bien por las noches.

No se trata solo de leyes y procedimientos: se trata de personas. Y en ese terreno, tenemos experiencia de sobra.

Conclusión: cómo encontrar la mejor solución ante un impago hipotecario

La dación en pago es solo una de las muchas herramientas disponibles cuando las deudas hipotecarias se vuelven insostenibles. No es la única ni siempre la mejor. Lo importante es analizar cada caso con lupa y tomar decisiones informadas.

En todos los escenarios, lo que realmente marca la diferencia es contar con asesoramiento especializado. Con la estrategia adecuada, es posible proteger tu vivienda, cancelar deudas y empezar de nuevo.

Si estás pasando por una situación complicada, no esperes a que sea demasiado tarde. Existen soluciones. Y nosotros sabemos cómo aplicarlas.

Resumen
Dación en pago y condonación de deuda o proteger tu vivienda
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Dación en pago y condonación de deuda o proteger tu vivienda
Descripción
Te explicamos el proceso de la dación en pago y la también la opción de quedarte en tu vivienda a pesar del impago de hipoteca
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Preguntas frecuentes sobre la dación en pago y la condonación de deuda

¿Puedo pedir una dación en pago si ya tengo una ejecución hipotecaria en marcha?

Sí, aunque es más difícil. Cuanto antes se solicite, mejor. Aún así, hemos gestionado casos donde se aceptó la dación incluso con subasta prevista.
Depende. Si tu única deuda es la hipoteca y aún conservas la vivienda, puede no ser viable. Pero si has perdido la casa o tienes otras deudas, sí puedes acogerte.
El banco no está obligado, salvo si está dentro del Código de Buenas Prácticas y cumples los requisitos. En ese caso, sí puede exigirse.
Sí. Aunque cancela la deuda, puede aparecer como impago o acuerdo extrajudicial en los registros de morosidad. Es importante negociar la redacción del acuerdo.
No necesariamente. Existen formas de proteger ciertos bienes, especialmente si se demuestra que son necesarios para vivir o trabajar. Dependerá del caso concreto.

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