La separación de bienes es una modalidad del régimen económico matrimonial que, aunque ofrece independencia patrimonial, también puede generar conflictos, especialmente cuando surgen deudas. En este artículo analizamos con profundidad el tratamiento de las deudas entre cónyuges en separación de bienes, una situación cada vez más frecuente en España.
¿Qué es el régimen de separación de bienes?
El régimen económico matrimonial define cómo se gestionan los bienes y deudas de los cónyuges durante el matrimonio. En la separación de bienes, cada uno conserva la propiedad, administración y disposición de los bienes que poseía antes del matrimonio y de los que adquiera durante el mismo.
Esto implica que, a diferencia del régimen de gananciales, no existe una masa común de bienes. Sin embargo, eso no significa que no puedan surgir deudas entre cónyuges en separación de bienes, especialmente si uno ha asumido gastos comunes o ha actuado como avalista del otro.
¿Cómo se generan las deudas entre cónyuges en separación de bienes?
Pueden surgir en múltiples escenarios:
- Préstamos personales entre los cónyuges.
- Avales otorgados por uno en favor del otro.
- Gastos comunes afrontados solo por uno de los dos.
- Responsabilidad por deudas familiares, como alquiler, hipoteca o suministros, si uno de los cónyuges no contribuye.
Es común que, tras una crisis matrimonial o divorcio, uno de los miembros del matrimonio reclame al otro el reembolso de cantidades que ha asumido en solitario.
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Tratamiento legal de las deudas entre cónyuges
La normativa española, concretamente el Código Civil, establece que los cónyuges deben contribuir al sostenimiento de las cargas del matrimonio. Cuando existe separación de bienes, esto debe hacerse en proporción a sus recursos económicos.
Sin embargo, en la práctica, es frecuente que uno de los cónyuges asuma la mayoría de los gastos. Aquí es donde aparecen las reclamaciones por deudas entre cónyuges en separación de bienes, ya que quien ha pagado en exceso puede reclamar el reintegro de la parte proporcional.
¿Qué pasa si uno de los cónyuges paga la hipoteca?
Uno de los casos más habituales es cuando uno de los cónyuges asume en solitario el pago de la hipoteca de una vivienda común. Aunque los dos sean copropietarios, si solo uno paga, puede reclamar al otro la mitad de los pagos realizados, siempre que pueda demostrarlo.
Esta deuda se considera un crédito entre particulares, y puede ser objeto de una reclamación judicial si el otro cónyuge se niega a reembolsar su parte.
Reclamación judicial de las deudas entre cónyuges
Cuando no existe acuerdo, el cónyuge acreedor puede acudir a la vía judicial. En este proceso deberá probar:
- Que existe una deuda cierta y determinada.
- Que ha existido un enriquecimiento injusto del otro cónyuge.
- Que los pagos realizados estaban destinados a cubrir gastos comunes.
El procedimiento habitual es el juicio ordinario o el monitorio, si la deuda está documentada (transferencias bancarias, justificantes, etc.).
Importancia de las pruebas documentales
La clave para poder reclamar con éxito una deuda entre cónyuges es disponer de pruebas sólidas: transferencias bancarias, facturas, contratos, correos electrónicos… Cuanto más claro quede que uno ha asumido un gasto que también correspondía al otro, más opciones hay de que prospere la reclamación.
En este sentido, la documentación es crucial en casos. Sin pruebas, será casi imposible reclamar con éxito.
¿Puedo reclamar una deuda tras el divorcio?
Sí. Aunque el matrimonio haya terminado y exista sentencia de divorcio, es perfectamente viable reclamar una deuda contraída durante el matrimonio, siempre que se pueda demostrar.
En ocasiones, estas deudas se reclaman tras la liquidación del régimen económico o durante el procedimiento de divorcio. De hecho, muchas sentencias de divorcio ya contemplan expresamente estas reclamaciones.
¿Qué ocurre con las deudas contraídas por uno solo?
Otra pregunta común es si un cónyuge debe responder por deudas contraídas únicamente por el otro. En el régimen de separación de bienes, cada uno responde con su patrimonio, salvo que la deuda haya sido para gastos ordinarios del matrimonio o de los hijos.
Por tanto, si un cónyuge ha pedido un préstamo para pagar el colegio de los hijos y el otro se ha beneficiado de ello, podríamos estar ante un supuesto de deuda compartida, susceptible de ser reclamada.
¿Cómo evitar conflictos por deudas entre cónyuges?
La mejor forma de evitar disputas es establecer desde el inicio reglas claras sobre los pagos y contribuir equitativamente a los gastos comunes.
Algunas recomendaciones:
- Pactar por escrito cómo se reparten los gastos.
- Documentar los pagos que uno realice por ambos.
- Evitar avalar préstamos sin garantías.
- Solicitar asesoramiento legal antes de realizar grandes pagos.
Preguntas frecuentes sobre deudas en separación de bienes
¿Qué documentación necesito para reclamar una deuda a mi cónyuge?
Justificantes de pago, transferencias bancarias, recibos, comunicaciones por escrito o cualquier otra prueba que demuestre que asumiste un gasto que también le correspondía a tu cónyuge.
¿Puedo reclamar aunque ya estemos divorciados?
Sí, mientras no haya prescrito el derecho a reclamar (normalmente, 5 años desde el último pago).
¿Puedo negarme a pagar si no firmé nada?
Dependerá del tipo de deuda. Si el gasto fue familiar (por ejemplo, la vivienda o los hijos), podrías tener responsabilidad aunque no firmaras.
¿Cuál es el plazo de prescripción de estas deudas?
Cinco años según el artículo 1964 del Código Civil tras la reforma de 2015.
¿Qué ocurre si ambos cónyuges están de acuerdo?
Lo ideal es firmar un reconocimiento de deuda para evitar futuros conflictos o realizar una liquidación amistosa de las obligaciones pendientes.
