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Todo sobre el embargo de sueldos y salarios

embargo de sueldos y salarios
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Cuando un bien personal es retenido para asegurar el pago de una deuda, a esta acción se le denomina embargo. Dicha retención, se suele hacer directamente por orden judicial, pudiendo retener toda clase de bienes entre los que figuran, por supuesto, el sueldo o salario. ¡Sí que es posible que parte de tu salario se destine al pago de una deuda!

Aunque pueda sonar alarmante, el embargo de sueldos y salarios, lleva consigo una serie de connotaciones interesantes para poder proceder. A continuación, las comentaremos para así comprender, de la mejor manera posible, qué puede implicar el embargo del salario en España.

En el siguiente video nuestro abogado Jose Ruz te aclara aspectos sobre los embargos.

Consideraciones ante el embargo de sueldos y salarios

La primera consideración que se debe tener en cuenta con el embargo de sueldos y salarios es, que no es legal que se tome todo tu sueldo recibido durante el mes para pagar esa deuda en concreto. En realidad, al menos en virtud de las leyes españolas, solo se puede embargar un porcentaje del sueldo que se pondera a partir del salario mínimo interprofesional (SMI).

Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 607, se establecen algunas de las consideraciones propias del embargo de salarios, estipulando así lo siguiente:

  1. No se puede embargar el salario, pensión, sueldo, retribución o similares si este no excede la cuantía señalada directamente para el SMI.
  2. Con aquellos sueldos o salarios que superen el SMI y ameriten embargo, se deberá proceder conforme a la siguiente escala:
    1. En aquellos salarios que superen el SMI pero que no lleguen a superar el doble de esta cantidad, el monto a embargar debe ser máximo del 30% de ese sueldo o salario.
    1. Salarios que superen el doble del SMI pero que no lleguen a traspasar el triple de esta cantidad, el monto a embargar debe ser máximo del 50%.
    1. En salarios cuyo valor neto supere cuatro veces el SMI, se podrá embargar hasta un 60%.
    1. En aquellos salarios o sueldos cuyo valor neto supere cinco veces el SMI, se podrá proceder a embargar hasta un 75%.
    1. Para cualquier otro salario que supere la cuantía antes mencionada, se podrá proceder a embargar hasta un 90% del salario en cuestión.
  3. En caso de que se tenga más de una deuda a pagar, serán acumuladas y se procederá a embargar el salario para cubrir una deuda a la vez. Se escogen aquellas deudas más importantes o con mayor antigüedad para ser embargadas en primeras instancias.

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Vale recalcar en esta ocasión que, un salario o sueldo no podrá ser embargado de ninguna forma si el mismo no supera el SMI que, para el mes de septiembre del año 2021, esta cantidad fue fijada a 965 euros al mes. Esto viene dispuesto en el Real Decreto 817/201, mismo que estipula el valor del salario mínimo interprofesional en el período comprendido del 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2021.

Dicho lo anterior, se debe también mencionar que, los 965 euros que componen el SMI son totalmente inembargables, teniendo que agarrar ese porcentaje a lo que quedaría una vez se resta el SMI a ese salario. Así, por ejemplo, para un salario al mes de 1000 euros, solo se tomaría como total a embargar unos 35 euros. De esa cantidad, se tendría que tomar el 30% en disposición a lo ya establecido en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. ¡Solo se podrían embargar 10,50 euros al mes de ese salario de 1000 euros!

Como dato curioso a lo ya comentado, se puede mencionar que el SMI para los primeros meses de 2021 fue de 950 euros mensuales.

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Cómo se realiza el embargo de sueldo y salario

El embargo de sueldos y salarios, sólo puede proceder si ponen una demanda en contra del deudor y si esta demanda es ganada (por parte de los acreedores de la deuda por supuesto). Siendo así, el acreedor en cuestión, obtendrá de la corte lo que se conoce como ejecución de sueldo o wage execution en inglés. Un documento que obliga al acreedor a descontar el dinero de su sueldo para ir pagando esa deuda obtenida.

Cuando el acreedor de la deuda tenga la ya mencionada ejecución de sueldo, una copia de este documento te será entregada inmediatamente. Tendrás que esperar hasta 20 días (después de la fecha de emisión legal de la ejecución de sueldo) para así proceder con el pago respectivo del embargo mensual de sueldo y salario.

En este punto, vale la pena mencionar que solamente pueden embargar tu sueldo las siguientes instituciones (siempre y cuando se produzca una solicitud formal para proceder con esa demanda):

  • Tribunales o juzgados tras una sentencia firme.
  • Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Agencia Tributaria (A.E.A.T.).

Ante estos casos (haciendo alusión directa al embargo de nómina que suele ser lo más común en el territorio), la administración que procese la demanda resuelve el embargo y lo notifica de forma directa a tu empresa para que lo pueda llevar a cabo. Se deja en manos de la empresa en cuestión ejecutar el embargo de tu salario de forma obligatoria.

¿Se puede hacer embargo de otros ingresos?

Aparte del embargo de sueldos y salarios, una demanda de esta índole para el pago de una deuda, también puede llegar a afectar a otra clase de ingresos tales como:

  • Pagas extraordinarias.
  • Devolución de la renta.
  • Indemnizaciones por despidos.
  • Cantidades que se perciban de forma directa como pensión de alimentos.
  • Dinero recibido del paro.
  • Cuantías que procedan directamente de actividades mercantiles autónomas y profesionales de alguna índole.
  • Pensiones de cualquier índole, incluyendo la pensión de jubilación, pensión por enfermedad, pensión por incapacidad, entre otros.

El embargo de ingresos a parte de los sueldos y salarios puede proceder gracias al artículo 607.3, ya mencionado de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se especifica que las deudas y el pago de estas son acumulables. Curiosamente, en los artículos 605 y 606 de la ley antes comentada, también se especifican aquellos activos, ingresos y bienes que no pueden ser embargados. Se incluye en estos artículos, los denominados como bienes inalienables, mobiliario y hasta material necesario para desarrollar tu profesión.

Qué puedes hacer ante el embargo de sueldos y salarios

Si hay un aspecto que se debe dejar bien en claro es que el embargo de sueldos y salarios sólo procede cuando no se está haciendo frente a una obligación financiera que se ha contraído. Por consiguiente, lo principal que tendrías que hacer ante el embargo de tu sueldo, es realizar el pago de la deuda lo antes posible. Si haces esto, podrás proceder a salir de este embargo cuanto antes. Eso y, por supuesto, evitar llegar a estas instancias con el pago de una deuda.

En caso de que el acreedor de la deuda sea una administración pública, lo más sensato es seguir los lineamientos que denote el organismo en cuestión y de turno para reclamar. Por otra parte, si se trata de embargo de sueldos y salarios por parte de una administración privada, las opciones se amplían un poco más y, siendo este el caso, se podría proceder con lo siguiente:

  1. Intenta negociar con el banco o la financiera. En este sentido, opta por exponer a estos acreedores la imposibilidad que tienes de pagar en la condición actual que posees. Plantea un esquema de pagos alternativos que se adapte a lo que ellos quieren y a lo que a ti más te beneficie.
  2. Revisa si estás pagando intereses abusivos por esa deuda poseída. En este caso, podrías reclamar la nulidad del préstamo por el cual embargaron tu sueldo y hacer mucho más ligera la deuda a pagar (igual tendrías que seguir pagando).
  3. Recurre a la Ley de Segunda Oportunidad. Puedes optar por esta opción si esas deudas son muy grandes y realmente llegan a asfixiarte. ¡Esta es una ley que te podría ser de utilidad!

En cualquier caso, lo más sensato es que te pongas en contacto con un abogado profesional en el área. Te podrá ayudar para las posibles reclamaciones ante un embargo de sueldos o salarios que hayas sufrido. De esta forma, realmente podrás ser consciente de que haces lo correcto y de que valdrá la pena reclamar por esta acción en particular.

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Preguntas frecuentes sobre el embargo de sueldos y salarios

Habiendo comprendido ya todo lo relacionado con embargos de sueldos y salarios (o al menos lo más fundamental), se puede proceder a responder las preguntas más frecuentes que surgen sobre este tema a fin de dejar todo lo mejor explicado posible. Dichas preguntas son las siguientes:

¿Qué ingresos pueden embargar si soy autónomo?

Para el caso de los autónomos, los ingresos por actividad económica es lo que puede resultar embargado, siempre y cuando estos ingresos antes mencionados superen el SMI con base a lo ya mencionado.

¿Se puede embargar el sueldo de mi cónyuge?

Sí, siguiendo esto con lo estipulado en la Ley 607.3 de la LEC. Aunque, en realidad, más que embargar el salario del cónyuge, lo que se hace es sumar ambos salarios (el tuyo y el de tu pareja). Esto para así aplicar las escalas primeramente mencionadas y así cobrar el embargo del sueldo y salario correspondiente.

¿Cómo embargan mi sueldo y salario si tengo dos trabajos?

Usualmente, la entidad responsable de embargar suma ambos salarios que se obtienen al mes y en base a ello se realiza el cálculo del embargo, teniendo en cuenta esta cantidad y tomando como referencia el SMI para poder calcular qué tanto se te podrá embargar.

Cómo cancelar las deudas que generan el embargo

Existe una forma de acabar con las deudas y por tanto también con los embargos.

Esta forma consiste en acogerse al trámite legal que establece la Ley 25/2015 por el cual se pueden cancelar todas aquellas deudas que no se puedan pagar.

Esta ley tiene como objetivo ayudar a las personas que no pueden pagar lo que deben debido a su capacidad económica.

El procedimiento hace que el juez declare canceladas todas las deudas y de esta manera los embargos quedarán automáticamente cancelados.

Si te interesa saber más sobre esta opción rellena nuestro formulario y te diremos si cumples los requisitos legales para acogerte.

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¿Te gustaría conocer todos los aspectos relacionados al embargo de sueldos y salarios? En este post te informamos de todo lo que buscas.
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