Embargo paga extra pensión: implicaciones para pensionistas en España

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¿Te preocupa que te embarguen la paga extra de tu pensión?

¿Has recibido notificaciones de embargo o temes que tus acreedores se queden con lo poco que te queda?
La Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 15/2015) puede protegerte y evitar que embarguen esa paga extra que tanto necesitas.

Si ya no puedes hacer frente a tus deudas y estás en situación de insolvencia, esta ley te permite cancelar todas tus deudas, incluso si ya tienes embargos en marcha o sentencias en tu contra.

✅ Se paralizan los embargos, también sobre la pensión.
✅ Nadie podrá quitarte tu paga extra.
✅ Tus deudas pueden desaparecer para siempre.

Eso sí, debes cumplir ciertos requisitos legales para acogerte a esta solución.

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¿Qué significa el embargo de la paga extra en una pensión?

En el sistema legal español, las pensiones públicas que perciben los ciudadanos —ya sean contributivas o no contributivas— pueden verse sujetas a embargos judiciales si existen deudas pendientes. Uno de los aspectos más desconocidos, pero relevantes, es que también se puede afectar la paga extraordinaria que recibe el pensionista en verano (junio) y en Navidad (diciembre).

El embargo paga extra pensión hace referencia a la posibilidad de que esas pagas adicionales que acompañan a la pensión mensual se vean parcial o totalmente retenidas para satisfacer deudas, siempre dentro de los límites legales. Este tipo de embargo se regula principalmente por el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que establece los tramos embargables de cualquier salario o pensión.

¿Se pueden embargar pensiones públicas en España?

Sí, las pensiones públicas pueden ser objeto de embargo, pero con límites. La ley establece que no se puede embargar el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 es de 1.134 € mensuales. Esto quiere decir que si una pensión no supera esa cifra, no podrá embargarse.

No obstante, si un pensionista percibe una pensión mayor (por ejemplo, de 1.500 €), la cantidad que exceda del SMI sí es susceptible de embargo, siguiendo una escala decreciente según el porcentaje embargable. Este criterio también se aplica a las pagas extraordinarias.

¿Cómo se aplica el embargo a la paga extra?

Las pensiones suelen abonarse en 14 pagas: 12 mensuales y 2 extraordinarias. Estas últimas se consideran parte del rendimiento total del beneficiario y, por tanto, están sujetas a las mismas normas que el resto de la pensión. El embargo no se limita al ingreso mensual ordinario, sino que se extiende a las pagas extra de junio y diciembre.

El embargo se ejecuta automáticamente si hay una orden judicial vigente y válida. La administración correspondiente (habitualmente el Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) está obligada a aplicar la retención cuando llega el momento de abonar la paga extraordinaria. Por tanto, el embargo paga extra pensión actúa como una extensión de la ejecución sobre ingresos regulares.

¿Qué tipo de deudas pueden originar este embargo?

Las causas más frecuentes que originan embargos sobre pensiones son:

  • Deudas con Hacienda (AEAT).
  • Deudas con la Seguridad Social.
  • Préstamos personales impagados.
  • Multas judiciales o administrativas.
  • Responsabilidad civil derivada de procesos judiciales.

Una vez que el acreedor obtiene una resolución judicial firme, se comunica al organismo pagador la existencia del embargo. A partir de ese momento, tanto la pensión ordinaria como cualquier paga extraordinaria quedan sujetas a la retención.

El embargo paga extra pensión no requiere de un procedimiento nuevo para cada paga extra, sino que está contemplado dentro de la ejecución general del crédito, siempre que se respete el mínimo legal inembargable.

¿Cuáles son los límites del embargo sobre la pensión?

La Ley de Enjuiciamiento Civil establece los siguientes tramos de embargabilidad:

  • Hasta 1 vez el SMI: inembargable.
  • De 1 a 2 veces el SMI: embargable hasta el 30%.
  • De 2 a 3 veces el SMI: embargable hasta el 50%.
  • De 3 a 4 veces el SMI: embargable hasta el 60%.
  • De 4 a 5 veces el SMI: embargable hasta el 75%.
  • Más de 5 veces el SMI: embargable hasta el 90%.

Estos porcentajes se aplican al total del ingreso, incluidos complementos y pagas extras. Si un pensionista recibe una paga extra que eleva su ingreso mensual por encima del SMI, esa parte adicional será la que se utilice como base de cálculo para determinar el embargo.

El embargo paga extra pensión opera dentro de esta estructura legal, lo que permite a los acreedores recuperar sus créditos sin vulnerar los derechos mínimos del deudor.

¿Qué pueden hacer los pensionistas para protegerse?

Si un pensionista se ve afectado por un embargo y considera que está siendo mal aplicado, puede:

  1. Solicitar al juzgado la revisión del embargo, especialmente si afecta a cantidades inferiores al SMI.
  2. Aportar pruebas de que el embargo excede el límite legal.
  3. En algunos casos, negociar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda con la administración correspondiente.
  4. Acogerse, si cumple los requisitos, a la Ley de Segunda Oportunidad si su situación de sobreendeudamiento es insostenible.

El objetivo de estos recursos es evitar que una ejecución desproporcionada comprometa la subsistencia del pensionista. Aunque el embargo paga extra pensión es legal, no debe llevarse a cabo sin los debidos controles judiciales y garantías.

Preguntas frecuentes sobre embargo de pagas extras en pensiones

¿Se puede embargar una pensión no contributiva?

Solo si supera el SMI, lo cual no es habitual. En general, las pensiones no contributivas están protegidas por ser inferiores al mínimo embargable.

¿La Seguridad Social puede embargar directamente la paga extra?

Sí, si recibe una orden judicial o administrativa válida. La retención se aplica automáticamente al momento de abonar la paga extra.

¿El embargo de la paga extra se suma al embargo mensual?

Sí, son acumulativos. En junio y diciembre se puede embargar la parte correspondiente tanto del pago ordinario como de la paga extra.

¿Qué pasa si tengo embargos por varias deudas?

Se ejecutan según orden de prioridad. Hacienda y Seguridad Social tienen preferencia sobre otros acreedores.

¿Puedo reclamar si creo que me embargan de más?

Sí. Puedes acudir al juzgado para solicitar una revisión de la ejecución. Es fundamental revisar que se respeten los límites del SMI.

Resumen
Cómo cancelar sin pagar el embargo de paga extra
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Cómo cancelar sin pagar el embargo de paga extra
Descripción
Te explicamos los límites del embargo de la paga extra y como cancelar sin pagar la deuda por la cual te están embargando
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Preguntas Frecuentes (FAQ sobre Embargo de Pagas Extraordinarias en Pensiones)

¿Puede embargarse la paga extra de una pensión y bajo qué condiciones?

Sí. En España, las pagas extraordinarias que acompañan a las pensiones son consideradas ingresos del beneficiario y, por tanto, pueden estar sujetas a embargo como cualquier otra prestación económica. No obstante, solo será embargable la parte que supere los límites establecidos por la ley, particularmente el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y los tramos progresivos autorizados.
Durante los meses en que se recibe la paga extra, el límite mínimo legal inembargable no es simplemente el SMI mensual: desde la jurisprudencia más reciente, se considera que ese límite equivale al doble del SMI mensual. Por tanto, solo el excedente por encima de este importe podrá someterse al embargo.
Una vez superado el límite del doble del SMI, se aplica una escala progresiva: Sobre el exceso hasta 2× SMI: se puede embargar hasta un 30%. Hasta 3× SMI: hasta un 50%; 4× SMI: hasta un 60%; 5× SMI: hasta un 75%; Sobre lo que exceda ese 5× SMI: hasta un 90%. Esta escala se aplica proporcionalmente al ingreso total del mes, incluyendo tanto la mensualidad como la paga extra.
Sí, especialmente en casos de deudas por pensiones alimenticias: el tribunal puede fijar libremente el embargo sin respetar los límites generales. Además, cuando el embargo es administrativo (por ejemplo, por deudas con la Seguridad Social), la jurisprudencia exige que se respete el derecho del pensionista a disponer de un mínimo vital, que podría elevarse a la pensión mínima contributiva como inembargable, incluso si el SMI no lo cubre.
Pueden solicitar al juzgado la revisión de la retención si consideran que excede los límites legales. También pueden aportar documentación que acredite su situación económica y justificar que el embargo compromete su subsistencia. Donde corresponda, pueden acogerse al procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad, que permite suspender embargos activos y gestionar la exoneración de deudas mediante vía judicial.

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