Fraccionar pago Hacienda: Guía legal completa

Fraccionar pago Hacienda
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Cuando llega la hora de cumplir con nuestras obligaciones fiscales, no siempre es posible afrontar el pago en un único plazo. En estos casos, fraccionar pago Hacienda puede ser la mejor solución para evitar sanciones, recargos o embargos. En este artículo te explicamos todo lo que debes saber sobre esta opción legal en España: requisitos, plazos, procedimiento, ventajas e inconvenientes.

¿Qué significa fraccionar el pago a Hacienda?

Fraccionar el pago a Hacienda implica dividir la deuda tributaria en varios plazos mensuales para facilitar su abono. Esta posibilidad se regula en la Ley General Tributaria y permite a personas físicas y jurídicas cumplir con sus obligaciones sin tener que hacer frente al total de la deuda en un solo pago.

En otras palabras, si no puedes pagar tus impuestos de golpe, puedes solicitar el fraccionamiento a la Agencia Tributaria para hacerlo de forma escalonada. Esta opción es aplicable a:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • IVA
  • Impuesto de Sociedades
  • Sanciones tributarias
  • Deudas en periodo ejecutivo

Existe una solución a las deudas de Hacienda: La cancelación parcial sin pagar

Existe una ley que protege a las personas áltamente endeudadas y que permite la cancelación de las deudas que no pueda pagar.

En el caso de préstamos, tarjetas y microcréditos, la ley te permite cancelar el 100% de toda esa deuda que no puedas pagar.

Sin embargo con las deudas de hacienda sólo te permite cancelar hasta 10.000€. Y con el resto de deuda hacer un aplazamiento.

En función de tus deudas te puede salir muy a cuenta acogerte a esta ley. Si quieres que te hagamos un estudio personalizado y saber que podrías cancelar, rellena nuestro formulario y te informaremos gratis.

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Requisitos para fraccionar el pago a Hacienda

Para fraccionar pago Hacienda de manera válida, es fundamental cumplir ciertos requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. A continuación, los más importantes:

1. Que la deuda esté en plazo voluntario o ejecutivo

Se puede solicitar el fraccionamiento tanto durante el periodo voluntario de pago como una vez iniciado el ejecutivo (siempre que no haya habido embargo efectivo).

2. Que la deuda no esté suspendida

Si has recurrido una liquidación, no podrás fraccionarla mientras esté pendiente de resolución.

3. Garantías (en ciertos casos)

  • Si la deuda supera los 30.000 euros, deberás aportar aval bancario u otra garantía admisible en derecho.
  • Si no supera esa cantidad, se puede conceder el fraccionamiento sin necesidad de aval.

4. Capacidad de pago

La Administración valorará tu situación económica para aprobar o denegar la solicitud. Si demuestras que no puedes pagar al contado, pero sí en plazos, tendrás más opciones de éxito.

¿Cómo se solicita el fraccionamiento a Hacienda?

La solicitud de fraccionamiento se realiza ante la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y puede presentarse:

  • Por Internet, desde la Sede Electrónica de la AEAT (con certificado digital, Cl@ve o DNIe).
  • Presencialmente, en oficinas de la Agencia Tributaria con cita previa.

Documentación necesaria

Al solicitarlo deberás presentar:

  • Formulario de solicitud (modelo 100 o modelo específico según el impuesto).
  • Propuesta de calendario de pagos (plazos y cuantía).
  • Documentación económica (ingresos, gastos, deudas, bienes).
  • Aval o garantía si es necesario.

Una vez presentada la solicitud, Hacienda tiene un plazo máximo de seis meses para resolver. Si no responde, se entiende desestimada por silencio administrativo.

¿Qué ocurre si no se paga una de las cuotas?

Uno de los riesgos del fraccionamiento es el impago de alguna cuota. En ese caso:

  • Se inicia el procedimiento de apremio (embargo).
  • Se devengan intereses de demora.
  • Se pierde el derecho al fraccionamiento.

Por ello, es crucial cumplir rigurosamente con los pagos acordados o, en su defecto, solicitar una modificación del calendario si tu situación empeora.

Diferencias entre aplazamiento y fraccionamiento

Aunque a menudo se confunden, no son lo mismo. El aplazamiento implica posponer el pago completo a una fecha futura. El fraccionamiento, en cambio, permite abonar la deuda en varias partes.

Ambas figuras se regulan en el artículo 65 de la Ley General Tributaria y requieren solicitud previa. En ocasiones, pueden combinarse (por ejemplo, aplazar el primer pago y luego fraccionar el resto).

Ventajas de fraccionar el pago a Hacienda

Fraccionar el pago a Hacienda ofrece importantes beneficios tanto para particulares como para empresas:

  • Evita sanciones por impago.
  • Previene embargos y recargos en periodo ejecutivo.
  • Facilita la liquidez de la persona o negocio.
  • Mejora la planificación fiscal.

En muchos casos, permite cumplir con Hacienda sin comprometer la estabilidad financiera, sobre todo en épocas como la campaña de la Renta o el cierre fiscal anual.

Inconvenientes del fraccionamiento

No todo son ventajas. También existen desventajas que conviene tener en cuenta:

  • Intereses de demora: siempre se pagan, salvo excepciones.
  • Posible denegación si no se demuestra capacidad de pago.
  • Riesgo de impago si no se gestionan bien los plazos.
  • Necesidad de garantías si la deuda es elevada.

Por eso es importante contar con el asesoramiento de un abogado o asesor fiscal que te ayude a negociar el mejor plan posible con la AEAT.

¿Qué pasa si ya tengo otro fraccionamiento en vigor?

Hacienda permite tener varios fraccionamientos simultáneamente, siempre que puedas hacer frente a todos ellos. Sin embargo:

  • Se evaluará tu capacidad de pago conjunta.
  • El impago de uno puede afectar a los demás.
  • Puede acumularse una carga financiera difícil de asumir.

Si estás en esta situación, conviene solicitar un plan de pagos único o acogerte a una reestructuración de deuda con la ayuda de un profesional.

¿Puedo fraccionar deudas de años anteriores?

Sí, incluso si la deuda proviene de ejercicios anteriores, puedes pedir su fraccionamiento si aún no ha sido embargada o cancelada. Esto es habitual con liquidaciones del IRPF de años pasados o ajustes de IVA.

En cualquier caso, es necesario que:

  • La deuda no esté prescrita.
  • No exista un procedimiento sancionador firme en ejecución.

¿Es posible fraccionar sanciones de Hacienda?

Sí. Las sanciones impuestas por la AEAT también pueden fraccionarse si:

  • Son firmes (no impugnadas).
  • No están en fase de apremio con embargo.

Eso sí, al igual que con otras deudas, se aplicarán intereses de demora y pueden exigirse garantías.

Alternativas al fraccionamiento

Cuando fraccionar pago Hacienda no es viable o ha sido denegado, existen otras opciones:

  • Solicitar un aplazamiento sin fraccionar.
  • Negociar un acuerdo singular si se trata de una empresa en crisis.
  • Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en casos de insolvencia personal.
  • Revisar la deuda si se detectan errores de cálculo o notificaciones defectuosas.

Cada caso es distinto, por lo que la mejor opción siempre pasa por consultar con un abogado experto en derecho tributario.

Fraccionar pago Hacienda es una herramienta útil para evitar consecuencias graves cuando no puedes hacer frente a una deuda tributaria en un solo pago. No obstante, requiere planificación, justificación económica y, en ocasiones, apoyo legal especializado. Si te encuentras en una situación complicada, desde nuestro despacho te ofrecemos asesoramiento completo para que puedas negociar el mejor plan posible con la Agencia Tributaria y proteger tu estabilidad financiera.

Resumen
Cómo fraccionar el pago de hacienda y cancelar el resto sin pagar
Nombre del artículo
Cómo fraccionar el pago de hacienda y cancelar el resto sin pagar
Descripción
Te explicamos cómo cancelar parte de tu deuda con hacienda sin pagarla y pedir un fraccionamiento del resto de la deuda
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Preguntas frecuentes sobre fraccionar pago en hacienda

¿Cuántas veces se puede fraccionar una deuda con Hacienda?

No hay un límite legal, pero Hacienda evaluará tu capacidad de pago y puede denegar nuevas solicitudes si ya tienes otros fraccionamientos activos.
No. Las retenciones e ingresos a cuenta (modelo 111, 115) y pagos a cuenta (modelo 130, 131) no son fraccionables salvo excepciones justificadas.
El plazo legal es de 6 meses. Si no hay respuesta, se considera desestimada.
Se aplica el interés legal del dinero, que en 2025 está fijado en el 3,25 %. Este interés puede variar cada año en los Presupuestos Generales del Estado.
Puedes solicitar una modificación del calendario, pero si no se atiende alguna cuota sin previo aviso, se inicia el procedimiento de apremio.

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