Recibir una carta o llamada donde te reclaman una deuda antigua puede ser una experiencia angustiosa. Más aún cuando te das cuenta de que se trata de una deuda prescrita, es decir, una deuda que legalmente ya no se puede exigir porque ha pasado el tiempo máximo permitido para reclamarla judicialmente. Pero ¿qué ocurre si me reclaman una deuda prescrita? ¿Estoy obligado a pagarla? ¿Qué pasos debo seguir?
En este artículo te explicamos qué significa que una deuda esté prescrita, cómo puedes saber si es tu caso, qué hacer si te la reclaman y cómo proteger tus derechos ante este tipo de situaciones.
¿No sabes si tu deuda ha prescrito y recibes amenazas de embargo?
Aunque no tengas claro si tu deuda ha prescrito, debes saber que existe un mecanismo legal que puede ayudarte a cancelarla de forma definitiva: la Ley de Segunda Oportunidad.
Esta ley permite cancelar todas tus deudas, aunque aún no hayan prescrito, siempre que cumplas ciertos requisitos. Es una herramienta pensada para personas que, como tú, ya no pueden asumir sus pagos y necesitan una solución legal para empezar de nuevo.
En nuestro despacho somos especialistas en esta ley y hemos ayudado a cientos de personas a liberarse de sus deudas, incluso cuando no sabían si estaban prescritas. Si quieres saber si puedes acogerte y cancelar tus deudas, cuenten o no con prescripción, rellena nuestro formulario y te informaremos sin compromiso.
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¿Qué significa que una deuda esté prescrita?
En derecho español, la prescripción es una figura jurídica que implica la extinción de un derecho o acción por el paso del tiempo. En el caso de las deudas, esto significa que si el acreedor no ha reclamado judicialmente el pago dentro del plazo legal establecido, ya no podrá exigirlo por vía judicial.
Es importante entender que la deuda no desaparece como tal, pero el acreedor pierde la posibilidad legal de reclamar su cobro ante los tribunales.
Plazos de prescripción de deudas en España
El plazo de prescripción depende del tipo de deuda. A continuación, te indicamos los más comunes:
- Deudas personales entre particulares: 5 años (artículo 1964 del Código Civil).
- Deudas por tarjetas de crédito y préstamos personales con bancos o financieras: 5 años.
- Deudas con Hacienda: 4 años (Ley General Tributaria).
- Deudas con la Seguridad Social: 4 años.
- Deudas por suministros (luz, agua, gas): 5 años, aunque antes se aplicaba un plazo de 3 años (según la jurisprudencia del Tribunal Supremo).
- Deudas por alquileres o pensiones alimenticias: 5 años.
⚠️ Ojo: Estos plazos pueden interrumpirse si el acreedor realiza acciones para reclamar la deuda (por ejemplo, una carta certificada, un burofax, una demanda, etc.). En ese caso, el plazo empieza a contar de nuevo.
¿Qué hacer si me reclaman una deuda prescrita?
Si recibes una notificación por una deuda antigua, lo primero que debes hacer es comprobar si realmente ha prescrito. Estos son los pasos que te recomendamos seguir:
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Revisa la fecha de la última acción de pago o reclamación
Debes determinar cuándo fue la última vez que hiciste un pago, reconociste la deuda o el acreedor te la reclamó formalmente. Si han pasado más de 5 años sin ningún tipo de acción, la deuda podría estar prescrita.
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Solicita documentación al acreedor
Pide al acreedor (o empresa de recobro) que te envíe por escrito el detalle de la deuda, incluyendo fecha de origen, fecha de último pago y cualquier documento que acredite interrupciones del plazo de prescripción.
Es tu derecho recibir esta información antes de pagar nada.
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No reconozcas la deuda por escrito ni por teléfono
Uno de los errores más comunes es responder a las llamadas o cartas de los cobradores reconociendo la deuda, aunque sea de forma informal. Eso puede interrumpir la prescripción y reiniciar el plazo.
Evita frases como “sí, es verdad que debo”, “intentaré pagar algo”, o “cuánto sería si lo pago ahora”.
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Formula una oposición formal por prescripción
Si tienes claro que la deuda está prescrita, puedes enviar un escrito de oposición por prescripción al acreedor o empresa de recobro. Este documento debe estar bien redactado y respaldado por pruebas.
También puedes acudir a un abogado especializado para redactarlo, lo que te dará mayor seguridad.
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¿Me pueden demandar por una deuda prescrita?
Legalmente, no deberían. Pero en la práctica, algunas entidades interponen demandas sabiendo que la deuda está prescrita, esperando que el deudor no se oponga y consigan una sentencia por incomparecencia.
Por eso es importante no ignorar una demanda judicial, incluso si estás convencido de que la deuda ha prescrito. Tienes que contestarla dentro del plazo legal (normalmente 20 días hábiles) y alegar la prescripción como motivo de oposición.
¿Pueden incluirme en un fichero de morosos por una deuda prescrita?
No. La inclusión en ficheros como ASNEF o BADEXCUG debe cumplir varios requisitos legales, y uno de ellos es que la deuda sea cierta, vencida, exigible y no prescrita.
Si te han incluido por una deuda prescrita, puedes reclamar y solicitar la cancelación inmediata de tus datos. En muchos casos, también puedes reclamar una indemnización por daño moral.
¿Y si la deuda ha sido vendida a un fondo buitre?
En los últimos años, muchas entidades financieras han vendido paquetes de deudas antiguas a fondos de inversión o empresas de recobro, conocidos como “fondos buitre”.
Estas entidades compran las deudas por un valor muy inferior al original y luego intentan cobrarlas a los deudores, muchas veces sin respetar los plazos de prescripción o sin aportar documentación suficiente.
Debes saber que el hecho de que la deuda haya sido cedida no reinicia el plazo de prescripción. El nuevo acreedor tiene los mismos derechos (y limitaciones) que el anterior.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si me reclaman deudas prescritas?
La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar deudas de personas físicas en situación de insolvencia, pero no es necesario acudir a ella si las deudas están prescritas, ya que legalmente no pueden ser exigidas.
No obstante, si tienes muchas deudas, algunas prescritas y otras no, y no puedes hacerles frente, esta ley sí puede ser una solución global para acabar con todas ellas.
Un abogado especializado podrá valorar tu situación y ayudarte a iniciar el procedimiento si lo necesitas.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre la prescripción de deudas?
Los tribunales españoles han sido claros en muchas ocasiones: una deuda prescrita no puede ser exigida judicialmente, y reclamarla puede incluso constituir una práctica abusiva por parte del acreedor.
Algunas sentencias relevantes son:
- STS 29 de noviembre de 2000: establece que la prescripción extingue el derecho a reclamar judicialmente la deuda.
- STS 13 de julio de 2009: aclara que la simple inclusión en un fichero de morosos por una deuda prescrita puede vulnerar el derecho al honor del deudor.
- STS 19 de febrero de 2020: recuerda que el reconocimiento tácito de la deuda puede interrumpir la prescripción, lo que refuerza la importancia de no contestar sin asesoramiento.
Conclusión: ¿Qué hacer si me reclaman una deuda prescrita?
Si te reclaman una deuda prescrita, lo más importante es mantener la calma y no actuar impulsivamente. No estás solo: muchas personas en España reciben este tipo de reclamaciones cada año, y la ley está de tu lado.
Aquí tienes un resumen de pasos clave:
✅ Verifica si ha pasado el plazo legal (generalmente 5 años).
✅ Solicita toda la documentación al acreedor.
✅ No reconozcas la deuda ni de forma verbal ni escrita.
✅ Si es necesario, presenta una oposición formal por prescripción.
✅ Si te demandan, contesta alegando la prescripción.
✅ Reclama si te incluyen en un fichero de morosos.
✅ Consulta a un abogado experto si tienes dudas.
Si necesitas ayuda legal, puedes contactar con un despacho especializado en deudas y Ley de Segunda Oportunidad. Una consulta a tiempo puede evitarte muchos problemas y proteger tu economía.





