¿Es posible cobrar la pensión si tengo deudas con la Seguridad Social?

Si tengo deudas con la Seguridad Social puedo cobrar pensión
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Esta es una de las preguntas más frecuentes entre autónomos y trabajadores que se acercan a la edad de jubilación y descubren que mantienen deudas con la Seguridad Social. La respuesta rápida es: sí, se puede cobrar la pensión, pero con importantes matices y condiciones que conviene entender en detalle.

Desde nuestra experiencia como abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad, nos encontramos habitualmente con casos de personas que llegan a nuestra consulta preocupadas por no poder jubilarse debido a deudas acumuladas, en muchos casos generadas por momentos de dificultad económica como la pandemia, un cierre forzoso o un proyecto empresarial fallido. Por eso, es esencial entender bien cómo funciona la normativa, y qué recursos tienes a tu alcance para proteger tu derecho a la pensión.

Requisitos legales para acceder a la pensión en España

Para poder acceder a una pensión contributiva en España, independientemente de si tienes o no deudas, debes cumplir ciertos requisitos básicos:

  • Edad mínima de jubilación: actualmente es de 66 años y 6 meses, salvo que se tengan al menos 38 años cotizados, en cuyo caso se puede acceder a los 65 años.
  • Período mínimo de cotización: 15 años en total, de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los 15 años anteriores a la solicitud.
  • Estar dado de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social.

A efectos legales, el hecho de tener deudas no impide que cumplas estos requisitos. Sin embargo, la deuda puede tener implicaciones prácticas importantes que veremos a continuación.

Una alternativa para saldar deudas con la Seguridad Social: cancelación parcial sin desembolso económico

Existe una ley que protege a las personas áltamente endeudadas y que permite la cancelación de las deudas que no pueda pagar.

En el caso de préstamos, tarjetas y microcréditos, la ley te permite cancelar el 100% de toda esa deuda que no puedas pagar.

Sin embargo con las deudas de hacienda sólo te permite cancelar hasta 10.000€. Y con el resto de deuda hacer un aplazamiento.

En función de tus deudas te puede salir muy a cuenta acogerte a esta ley. Si quieres que te hagamos un estudio personalizado y saber que podrías cancelar, rellena nuestro formulario y te informaremos gratis.

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Impacto de las deudas con la Seguridad Social en el cobro de pensiones

Aunque tener deudas con la Seguridad Social no impide automáticamente el acceso a la pensión, puede generar consecuencias relevantes:

  1. Embargo de la pensión: si existe una deuda firme y no se ha llegado a un acuerdo de pago, la Seguridad Social puede embargar parte de la pensión una vez que empiece a cobrarse. Esto se hace aplicando la Ley de Enjuiciamiento Civil, respetando el salario mínimo inembargable.
  2. Negativa inicial si no se regulariza la deuda: en algunos casos, especialmente en pensiones de incapacidad o prestaciones que requieren estar al corriente de pago, la Seguridad Social puede denegar temporalmente la pensión hasta que se regularice la situación.
  3. “Invitación al pago”: es un procedimiento mediante el cual la Seguridad Social da al deudor la oportunidad de ponerse al corriente antes de emitir resolución sobre la pensión. Este es un punto crítico, ya que no atender esta invitación puede retrasar o bloquear el acceso a la pensión.

Desde nuestra experiencia, hemos ayudado a muchas personas a resolver estos bloqueos con la presentación de planes de pagos o incluso acogiéndose a la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar las deudas y desbloquear el acceso a su pensión.

El proceso de «invitación al pago» y sus implicaciones

Cuando un solicitante de pensión tiene deudas con la Seguridad Social, se activa un mecanismo denominado invitación al pago. Esto consiste en un requerimiento oficial donde se informa al interesado que tiene un plazo determinado para pagar la deuda o bien solicitar un aplazamiento.

Este paso es clave porque:

  • Si el interesado paga o aplaza la deuda, el expediente de pensión sigue adelante.
  • Si ignora la invitación, el proceso puede paralizarse o archivarse hasta que se resuelva la situación.

En este contexto, nuestra labor como especialistas ha sido determinante para muchos clientes. Hemos gestionado cientos de procedimientos en los que se ha negociado exitosamente un aplazamiento de deuda o se ha conseguido demostrar una situación de especial vulnerabilidad económica que impedía el cumplimiento inmediato.

Opciones para regularizar deudas: aplazamientos y embargos

Frente a una deuda con la Seguridad Social, existen alternativas para evitar que afecte al cobro de la pensión:

Aplazamiento de deuda

Es una opción legal y habitual. Consiste en presentar una solicitud a la Seguridad Social para pagar la deuda en cuotas mensuales. Esto permite obtener el certificado de estar al corriente de pago, requisito imprescindible en algunas pensiones, como la de autónomos o incapacidad.

El aplazamiento puede concederse si:

  • Se reconoce la deuda de forma voluntaria.
  • Se ofrece una garantía (en ciertos casos).
  • Se cumplen los plazos exigidos.

Embargo parcial de pensión

Cuando no hay acuerdo de pago, la Seguridad Social puede embargar parte de la pensión. Se respeta el mínimo inembargable (equivalente al salario mínimo interprofesional) y solo se embarga el excedente según escalas progresivas.

Por ejemplo, si tu pensión es de 1.400 € y el SMI está en 1.134 €, solo se podría embargar la diferencia, y no el total.

La Ley de Segunda Oportunidad como solución para deudores

Una de las herramientas más potentes y menos conocidas para quienes enfrentan deudas con la Seguridad Social es la Ley de Segunda Oportunidad.

Como abogados especialistas en esta normativa, podemos afirmar que se trata de una vía real y efectiva para cancelar deudas públicas, incluidos ciertos casos con la Seguridad Social y Hacienda, especialmente tras la reforma concursal de 2022 que ha ampliado los beneficios.

La Ley permite:

  • Cancelar deudas personales incluso con organismos públicos, hasta ciertos límites.
  • Acceder a exoneraciones del pasivo insatisfecho si se demuestra buena fe.
  • Detener embargos y liberar ingresos esenciales como la pensión.

Muchos de nuestros clientes han podido acceder a la pensión sin cargas tras acogerse a esta ley. En casos documentados, personas con deudas de más de 20.000 € con la Seguridad Social han logrado jubilarse tranquilamente tras acogerse al procedimiento y obtener una exoneración judicial.

Casos prácticos y recomendaciones desde nuestra experiencia profesional

Nos encontramos cada semana con historias que reflejan una realidad muy común: autónomos que han luchado toda su vida laboral y que, al llegar a la jubilación, ven bloqueado su derecho por deudas pasadas.

Uno de los casos más recientes fue el de un transportista autónomo que, debido a la crisis del COVID-19, acumuló más de 18.000 € en impagos a la Seguridad Social. Cuando quiso solicitar su pensión, se encontró con la denegación provisional por no estar al corriente.

En apenas tres semanas, preparamos su expediente, negociamos un aplazamiento realista y demostramos su vulnerabilidad económica. Resultado: accedió a su pensión en tiempo récord y sin sufrir embargos excesivos.

Nuestra recomendación clara es no esperar. Si sabes que tienes deudas con la Seguridad Social, actúa antes de solicitar la pensión. Explora opciones como el aplazamiento, la Ley de Segunda Oportunidad, o acude a un abogado experto que pueda defender tus derechos.

Conclusión: Claves para asegurar el acceso a la pensión pese a las deudas

Tener deudas con la Seguridad Social no es el fin del camino para acceder a una pensión en España. Existen mecanismos legales para proteger tu derecho, evitar embargos abusivos y, en muchos casos, cancelar esas deudas definitivamente.

Desde nuestra experiencia como abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, sabemos que el conocimiento y la acción a tiempo marcan la diferencia. No se trata solo de saber que tienes derecho a una pensión, sino de saber defenderlo y ejercerlo correctamente.

Ya sea mediante un aplazamiento, un procedimiento concursal o una estrategia legal adecuada, es posible asegurar una jubilación digna incluso cuando hay deudas pendientes.

Resumen
Como cobrar la pensión si tengo deudas con la Seguridad Social
Nombre del artículo
Como cobrar la pensión si tengo deudas con la Seguridad Social
Descripción
Te explicamos la estrategia legal que tienes que hacer si tienes deudas de la seguridad social y quieres cancelarlas sin pagarlas
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Preguntas frecuentes sobre si tengo deudas con la Seguridad Social puedo cobrar pensión

¿Puedo cobrar mi pensión si tengo una deuda con la Seguridad Social?

Sí, puedes cobrarla. Sin embargo, si la deuda no ha sido regularizada, la Seguridad Social puede embargar parte de tu pensión respetando los límites legales del mínimo inembargable.
Es un requerimiento oficial que realiza la Seguridad Social cuando detecta que un solicitante de pensión tiene deudas pendientes. Da un plazo para pagar o aplazar antes de que se resuelva la solicitud de pensión.
No necesariamente. En la mayoría de los casos, la pensión se puede conceder, pero si no se regulariza la deuda, puede estar sujeta a embargo. En algunos casos concretos, como ciertas pensiones de incapacidad, puede exigirse estar al corriente.
La ley establece que no se puede embargar lo equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). A partir de ahí, el embargo se aplica en tramos progresivos sobre el exceso, respetando escalas legales.
El expediente puede paralizarse, archivarse o no resolverse favorablemente. Siempre es mejor atenderla solicitando un aplazamiento o negociando un pago parci

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