Si has recibido una notificación o demanda judicial de Cofidis, es normal sentir preocupación e incertidumbre. Muchas personas en España se encuentran en situaciones similares, ya que Cofidis es una de las entidades financieras más activas en la reclamación judicial de deudas impagadas. En este artículo, te explicamos qué hacer si Cofidis te lleva a juicio, qué derechos tienes, cómo defenderte y si es posible acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
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¿Por qué Cofidis me lleva a juicio?
Cofidis es una entidad financiera que ofrece créditos rápidos y líneas de crédito, productos caracterizados por su alta accesibilidad y rapidez de concesión. Sin embargo, esta facilidad también suele ir acompañada de intereses elevados, lo que puede generar problemas de pago a largo plazo.
Si dejas de pagar las cuotas, Cofidis iniciará un proceso de recobro extrajudicial, que incluye llamadas, cartas y mensajes recordatorios. Si estas vías no funcionan, la empresa puede presentar una demanda judicial para reclamar el dinero adeudado. Esto es lo que coloquialmente se conoce como: “Cofidis me lleva a juicio”.
¿Qué pasa si recibo una demanda judicial de Cofidis?
Si te llega una notificación del juzgado, es fundamental actuar con rapidez. Lo más habitual es que Cofidis interponga un procedimiento monitorio, que es un proceso judicial rápido y sencillo para reclamar deudas dinerarias. Este tipo de procedimiento no requiere juicio oral si no te opones, lo cual puede jugar en tu contra.
Tienes un plazo de 20 días hábiles para responder desde la recepción de la demanda. Si no presentas oposición, el juez dictará auto de ejecución directamente, dándole la razón a Cofidis, y habilitando medidas como el embargo de cuentas, nóminas o bienes.
Motivos de oposición: ¿Cómo defenderte ante Cofidis?
Si decides oponerte, tienes que presentar un escrito de oposición bien fundamentado. Algunas defensas habituales ante juicios iniciados por Cofidis incluyen:
Intereses abusivos
Cofidis es conocida por aplicar intereses muy elevados. Si estos intereses superan los límites legales o son desproporcionados, se pueden considerar usurarios, en base a la Ley de Represión de la Usura (Ley Azcárate).
Jurisprudencia a favor del consumidor
El Tribunal Supremo, en múltiples sentencias, ha declarado abusivos los intereses que doblan o triplican el interés medio del mercado. En estos casos, es posible solicitar la nulidad parcial o total del contrato.
Falta de documentación o prueba
Cofidis está obligada a acreditar la existencia de la deuda y el origen de la misma. En ocasiones, las entidades financieras no aportan contratos originales firmados, extractos detallados o justificación clara de la cantidad reclamada. Sin prueba suficiente, el juez puede desestimar la demanda.
Prescripción de la deuda
Las deudas derivadas de préstamos personales prescriben en 5 años según el artículo 1964 del Código Civil. Si ha pasado más tiempo desde el último pago o reconocimiento de deuda, podrías alegar prescripción y el juzgado podría archivar el caso.
Cláusulas abusivas
En los contratos de Cofidis, es posible encontrar cláusulas abusivas, como penalizaciones desproporcionadas por impago, intereses de demora excesivos o comisiones indebidas. Estas cláusulas pueden ser anuladas judicialmente.
¿Qué consecuencias tiene que Cofidis me lleve a juicio?
Si no te defiendes correctamente o no respondes, las consecuencias pueden ser muy graves:
- Embargo de cuentas bancarias: El juzgado puede ordenar el bloqueo de tus cuentas para cobrar la deuda.
- Embargo de nómina o pensión: Si trabajas o recibes una pensión, te pueden embargar parte de tus ingresos mensuales.
- Embargo de bienes: En casos extremos, pueden embargarte propiedades (vehículos, viviendas, etc.).
¿Y si no tengo bienes ni ingresos embargables?
Si te encuentras en situación de insolvencia total, podrías acogerte a mecanismos como la Ley de Segunda Oportunidad, de la que hablaremos a continuación.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si Cofidis me lleva a juicio?
Sí, es posible. La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas cuando no pueden afrontarlas. Si tienes múltiples deudas, ingresos bajos y ninguna posibilidad real de pagar, esta ley puede ayudarte a empezar de cero.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
- Ser deudor de buena fe (demostrar que no has actuado con mala intención o fraude).
- Intentar acuerdo extrajudicial de pagos.
- No haber sido condenado por delitos económicos o contra Hacienda, Seguridad Social o trabajadores.
- No superar los límites económicos establecidos.
¿Qué pasa con la deuda de Cofidis?
Si cumples los requisitos, la deuda con Cofidis (y con otras entidades) podría ser cancelada parcial o totalmente tras el procedimiento de exoneración.
¿Qué hago si Cofidis me lleva a juicio y no tengo dinero para abogado?
Si tus ingresos son bajos, puedes solicitar un abogado de oficio a través del turno de oficio del colegio de abogados de tu provincia. Tienes derecho a asistencia jurídica gratuita si cumples ciertos requisitos económicos.
Casos reales: Cofidis y sentencias favorables al consumidor
A lo largo de los últimos años, los tribunales españoles han emitido numerosas sentencias favorables a consumidores en litigios contra Cofidis y otras entidades de crédito rápido. Estas resoluciones judiciales han sentado jurisprudencia en materia de intereses usurarios, falta de transparencia, cláusulas abusivas y derechos de los consumidores.
Intereses usurarios: El argumento estrella
Una de las principales líneas de defensa que han utilizado los consumidores frente a Cofidis es la usura en los intereses aplicados. Muchas sentencias han declarado nulos los contratos de crédito de Cofidis por establecer TAE desproporcionadas, superiores al 20%, 25% e incluso más del 30%. En este sentido, destaca la aplicación de la famosa Ley de Represión de la Usura, de 1908 (conocida como Ley Azcárate).
Ejemplo real: Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante
En una resolución de 2021, la Audiencia Provincial de Alicante declaró nulo un contrato de crédito revolving de Cofidis al considerar que la TAE del 24,5% era notablemente superior al interés medio de créditos al consumo, que en aquel momento rondaba el 8%. El tribunal aplicó la doctrina del Tribunal Supremo y anuló el contrato, obligando a Cofidis a devolver al consumidor todos los intereses cobrados, limitando su derecho de cobro al capital prestado.
Jurisprudencia del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 4 de marzo de 2020, estableció un criterio claro sobre la usura en créditos revolving: cuando el interés aplicado supera de forma notable el tipo medio de mercado para operaciones similares, es usurario y, por tanto, debe ser declarado nulo. Esta doctrina es perfectamente aplicable a los créditos Cofidis, cuya TAE históricamente ha estado muy por encima de la media del mercado.
Falta de transparencia: Contratos oscuros y confusos
Otro argumento frecuente en juicios contra Cofidis es la falta de transparencia en la contratación. Cofidis suele utilizar contratos tipo, con cláusulas pre-redactadas, donde el cliente no tiene margen real de negociación. Además, muchas veces las condiciones esenciales —como el coste total del crédito o el impacto de los intereses— no se explican de manera clara y comprensible.
Ejemplo real: Juzgado de Primera Instancia de Barcelona
En una sentencia de 2022, el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Barcelona declaró la nulidad parcial de un contrato de Cofidis porque no quedó acreditado que el consumidor recibiera información clara y precisa sobre el coste real del crédito. El juez concluyó que Cofidis no había cumplido con su deber de transparencia, lo que provocó que el cliente firmara sin entender realmente las condiciones. Como consecuencia, se declararon abusivos varios puntos del contrato y se redujo significativamente la deuda.
Cláusulas abusivas: Penalizaciones desproporcionadas
Además de los intereses, Cofidis suele incluir en sus contratos cláusulas sancionadoras ante el impago, como el cobro de comisiones por reclamación de cuotas impagadas o intereses de demora muy superiores al interés remuneratorio ordinario. Estas cláusulas han sido objeto de múltiples sentencias de nulidad, al considerarse abusivas conforme a la Ley General de Consumidores y Usuarios y a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Ejemplo real: Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid
En un caso resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid en 2023, se declaró nula una cláusula de penalización que establecía una comisión fija de 30 euros por cada recibo impagado, más un interés de demora del 29%. El tribunal consideró que esta penalización era desproporcionada, vulnerando los derechos de los consumidores y causando un desequilibrio injustificado. Como resultado, se ajustó la deuda eliminando estos recargos abusivos.
Prescripción y errores de cuantía
En no pocos casos, los consumidores han ganado juicios contra Cofidis simplemente porque la entidad reclamó una deuda prescrita o no fue capaz de justificar adecuadamente el importe total reclamado. Cofidis está obligada a presentar un historial completo de la deuda, desde el primer desembolso hasta la última cuota pagada. Sin embargo, muchas veces solo aportan un resumen genérico, sin detalle suficiente, lo que provoca que los tribunales rechacen sus demandas por falta de prueba.
Ejemplo real: Juzgado de Primera Instancia de Valencia
En 2023, el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Valencia desestimó una demanda de Cofidis porque la entidad no aportó documentación suficiente para acreditar cómo se había calculado la deuda. El juez destacó que el consumidor tiene derecho a conocer, de forma detallada y clara, el origen y evolución de la deuda. Al no cumplir con esta exigencia, el caso fue archivado.
Acumulación de irregularidades: Casos con múltiples abusos
En algunos procedimientos, los tribunales han detectado no solo intereses usurarios, sino también falta de transparencia, cláusulas abusivas y errores de cálculo. En estos casos, las sentencias han sido especialmente contundentes contra Cofidis, condenando a la entidad a:
- Devolver al consumidor cantidades indebidamente cobradas.
- Eliminar intereses y recargos abusivos.
- Reducir la deuda al capital efectivamente prestado.
- Imponer las costas judiciales a Cofidis.
Ejemplo real: Caso en la Audiencia Provincial de Sevilla
Un consumidor sevillano que había solicitado 3.000 euros a Cofidis acabó con una deuda reclamada de 8.500 euros tras años de impagos y acumulación de intereses y comisiones. En 2023, la Audiencia Provincial de Sevilla revisó el caso y detectó:
- TAE usuraria (27,9%).
- Cláusulas de penalización abusivas.
- Falta de transparencia en la contratación.
El tribunal declaró la nulidad parcial del contrato, limitando la deuda al capital prestado, sin intereses ni comisiones. Cofidis fue condenada a pagar las costas procesales.
¿Cofidis te puede embargar la nómina?
Como cualquier entidad financiera, tiene la posibilidad de embargar la nómina de un deudor si existe un procedimiento judicial previo que así lo acuerde. Es decir, para que Cofidis pueda embargar el salario de un cliente, primero debe presentar una demanda judicial de reclamación de cantidad, obtener una sentencia condenatoria o un auto de ejecución, y solicitar la correspondiente diligencia de embargo ante el juzgado competente. El embargo de nómina se sujeta a los límites establecidos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que protege el salario mínimo interprofesional (SMI), impidiendo que se embargue dicha cuantía. Solo los ingresos que excedan el SMI pueden ser embargados, aplicando una escala progresiva según el importe restante. En caso de que el deudor perciba un salario inferior al SMI, la nómina es inembargable, salvo que el procedimiento derive de una deuda por pensión de alimentos, en cuyo caso el juez puede establecer un embargo incluso sobre el salario mínimo. Es relevante señalar que, antes de llegar al embargo, Cofidis tiene la obligación de notificar al deudor y darle la oportunidad de oponerse o proponer acuerdos extrajudiciales. Por tanto, si tienes una deuda con Cofidis, es recomendable actuar rápidamente para evitar llegar a esta situación.
Recomendaciones si Cofidis te lleva a juicio
Para resumir, si te enfrentas a un procedimiento judicial iniciado por Cofidis, sigue estos pasos:
- ✅ No ignores la demanda.
- ✅ Consulta con un abogado especializado.
- ✅ Analiza si hay intereses usurarios o cláusulas abusivas.
- ✅ Valora la prescripción de la deuda.
- ✅ Considera acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad si estás en insolvencia.
- ✅ Si no tienes medios económicos, pide abogado de oficio.
Cómo librarse de la deuda de cofidis
La deuda contraída con Cofidis puede llegar a convertirse en una carga insoportable debido a los elevados intereses aplicados en sus contratos de crédito al consumo y líneas de crédito revolving. Sin embargo, existen mecanismos legales que permiten al deudor liberarse de esta obligación.
En primer lugar, es fundamental revisar el contrato suscrito con Cofidis para detectar posibles cláusulas abusivas o intereses usurarios. El Tribunal Supremo ha establecido que los intereses superiores al doble del interés medio del mercado pueden considerarse usurarios y, por tanto, nulos, lo que conllevaría la obligación de devolver únicamente el capital prestado.
Asimismo, en situaciones de sobreendeudamiento, el deudor puede acogerse al procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad. Este mecanismo legal permite cancelar total o parcialmente las deudas con entidades como Cofidis cuando se acredita la imposibilidad de hacer frente a las mismas y se cumplen los requisitos de buena fe.
Además, siempre es posible iniciar una negociación extrajudicial para reestructurar la deuda y pactar un pago acorde a la capacidad económica del deudor, evitando así procedimientos judiciales.
En todo caso, es recomendable acudir a un abogado especializado en derecho bancario y de consumo para valorar la viabilidad de cada alternativa y defender los derechos del deudor.
Conclusión
Que Cofidis te lleve a juicio no significa que automáticamente vayan a ganar. En España, el sistema judicial protege al consumidor frente a abusos y cláusulas ilegales. Lo importante es actuar rápido, buscar asesoramiento legal y no resignarse. Si demuestras que la deuda es abusiva, que ha prescrito o que no se ha acreditado correctamente, puedes ganar el juicio o lograr una reducción significativa de la deuda.
En cualquier caso, acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad sigue siendo una opción válida para quienes ya no pueden hacer frente a sus deudas. Lo importante es informarse y actuar con inteligencia.





