¿Cuándo prescribe una deuda con sentencia firme? Qué debes saber

Cuando prescribe una deuda con sentencia firme
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Cuando un juez dicta una sentencia que obliga al pago de una deuda, muchos piensan que esa obligación durará para siempre. Pero no es así. En España, incluso las deudas con resolución judicial tienen un plazo de prescripción. La pregunta clave es: ¿cuándo prescribe una deuda con sentencia firme?

En este artículo te explicamos con detalle los plazos de prescripción para las deudas reconocidas judicialmente, cómo se computa ese tiempo, qué factores pueden interrumpir el plazo y qué hacer si te reclaman una deuda que podría estar prescrita. También hablaremos de cómo defenderte en caso de ejecución tardía y qué posibilidades tienes si acumulas varias deudas, incluso con sentencia.

¿Qué es una sentencia firme en materia de deudas?

Una sentencia firme es aquella que ya no puede ser recurrida, bien porque ha pasado el plazo legal para presentar recurso, o bien porque ya se han agotado todas las instancias posibles. Es decir, es una resolución definitiva que declara la existencia de una deuda y obliga a pagarla.

Este tipo de sentencias dan lugar a lo que se llama un título ejecutivo, lo que permite al acreedor iniciar un proceso de ejecución judicial para cobrar forzosamente la cantidad adeudada (por ejemplo, embargando bienes o cuentas bancarias).

¿Estás ahogado por las deudas y no puedes pagarlas?

Si te encuentras en esta situación, es posible que los acreedores te demanden y soliciten el embargo de tu nómina, tus cuentas bancarias e incluso tus bienes. Pero debes saber que existe una solución legal diseñada para protegerte: la Ley 25/2015, conocida como la Ley de Segunda Oportunidad.

Esta ley te permite cancelar todas tus deudas si cumples los requisitos, evitando así embargos y procedimientos judiciales. Está pensada precisamente para personas como tú, que atraviesan una situación de sobreendeudamiento y ya no pueden hacer frente a sus obligaciones.

En nuestro despacho somos especialistas en aplicar esta ley y hemos ayudado a cientos de personas a liberarse de sus deudas. Si quieres saber si puedes acogerte y cancelar tus deudas de forma legal y definitiva, rellena nuestro formulario y te informaremos sin compromiso.

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¿Cuándo prescribe una deuda con sentencia firme?

La prescripción de una deuda con sentencia firme está regulada en el artículo 1964.2 del Código Civil. Desde la reforma operada por la Ley 42/2015, el plazo general de prescripción es de 5 años, pero hay una excepción específica para sentencias firmes, cuyo plazo es distinto:

✅ Plazo de prescripción: 20 años

  • Desde cuándo se cuenta: Desde la fecha en que la sentencia adquiere firmeza.
  • Fundamento legal: Artículo 1964.2 del Código Civil (redacción vigente).

Esto significa que si un juez dictó sentencia firme reconociendo una deuda en enero de 2010, el acreedor tendría hasta enero de 2030 para ejecutarla.

¿Qué implica la prescripción de una sentencia firme?

Si transcurren 20 años sin que el acreedor haya iniciado o reactivado el procedimiento de ejecución, el deudor puede oponerse al pago alegando la prescripción. Esto impediría cualquier intento posterior de cobro judicial, incluso si existe un documento que reconoce la deuda.

Importante: Al igual que en el resto de casos de prescripción, esta no opera de oficio. El deudor debe alegarla expresamente en sede judicial.

¿Se puede interrumpir el plazo de prescripción?

Sí. La prescripción puede interrumpirse, lo que significa que el plazo de 20 años vuelve a comenzar desde cero cada vez que se produce alguna de estas situaciones:

Motivos que interrumpen la prescripción:

  1. Reconocimiento de la deuda por parte del deudor.
  2. Inicio de la ejecución judicial de la sentencia.
  3. Cualquier actuación judicial dirigida al cobro, aunque sea parcial (por ejemplo, un embargo, una diligencia de averiguación patrimonial, etc.).
  4. Reclamaciones extrajudiciales fehacientes, como burofaxes, requerimientos notariales, etc.

Por tanto, si en el año 2015 el acreedor inició una ejecución, y después en 2020 pidió un nuevo embargo, el plazo se reinicia cada vez y la deuda no prescribirá hasta 2040 (20 años desde la última actuación válida).

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¿Qué ocurre si me reclaman una deuda con sentencia firme que creo prescrita?

Si el acreedor inicia un procedimiento judicial (normalmente un procedimiento de ejecución) y tú consideras que ha pasado el plazo de 20 años desde la firmeza de la sentencia (sin interrupciones), puedes:

  1. Comparecer en el procedimiento con abogado y procurador.
  2. Oponerte a la ejecución alegando prescripción, con base en el artículo 1964 del Código Civil.

Es fundamental aportar pruebas de que no ha habido actuaciones que interrumpan el plazo. Si el juzgado estima tu oposición, se archivará la ejecución y quedará extinguida la deuda judicialmente reconocida.

¿Y si el acreedor ha intentado embargarme sin aviso previo?

En muchos casos, los acreedores reactivan procedimientos antiguos sin notificar correctamente al deudor, lo que puede suponer una vulneración de tus derechos. Si recibes una notificación de embargo por una deuda con sentencia antigua:

  • Comprueba la fecha de la sentencia firme.
  • Investiga si hubo interrupciones válidas.
  • Consulta con un abogado experto en ejecución y prescripción.

Si el embargo se basa en una deuda prescrita, puedes solicitar su levantamiento judicial.

¿Puede prescribir una ejecución judicial ya iniciada?

Sí, pero con matices. Una vez que el acreedor inicia un procedimiento de ejecución, este no puede quedar inactivo indefinidamente. Según la doctrina del Tribunal Supremo, una ejecución paralizada durante más de 5 años sin actividad del acreedor puede considerarse caducada, lo que permitiría el archivo del procedimiento.

Esta situación no extingue la deuda, pero impide su cobro por vía judicial, que en la práctica tiene un efecto similar.

¿Qué hacer si tengo varias deudas, algunas con sentencia firme?

Si estás en una situación de sobreendeudamiento, y algunas de tus deudas han sido ya judicializadas mientras otras no, puedes plantearte una solución integral: acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

Este mecanismo legal te permite cancelar total o parcialmente tus deudas, incluso si:

  • Han sido reconocidas en sentencia.
  • Se encuentran en ejecución.
  • Te han embargado bienes o nóminas.

El procedimiento valora tu situación económica global, y si cumples los requisitos (buena fe, insolvencia actual, etc.), podrías obtener una exoneración completa de tus deudas, incluidas las que aún no han prescrito.

¿Puedo salir de ASNEF si la deuda con sentencia firme está prescrita?

Sí. Si estás incluido en ficheros de morosos como ASNEF o Experian por una deuda con sentencia firme ya prescrita (han pasado más de 20 años sin ejecución ni interrupción), puedes solicitar tu exclusión inmediata, y además reclamar una indemnización si la inclusión te ha causado daños (por ejemplo, denegación de créditos).

Resumen: ¿Cuándo prescribe una deuda con sentencia firme?

Tipo de deuda Plazo de prescripción Fundamento legal
Deuda con sentencia firme 20 años Art. 1964.2 del Código Civil
Desde cuándo se cuenta Desde la firmeza Fecha en que ya no cabe recurso
¿Se puede interrumpir? Con acciones de cobro o pagos

Conclusión

Una deuda con sentencia firme prescribe a los 20 años, siempre que en ese tiempo no se haya ejecutado ni se haya interrumpido el plazo. Es un periodo largo, pero no eterno. Si han pasado esas dos décadas sin que el acreedor haya hecho nada, puedes defenderte legalmente y evitar el pago.

Además, si estás ahogado por múltiples deudas, algunas de ellas ya judicializadas, recuerda que la Ley de Segunda Oportunidad puede ser tu vía definitiva para empezar de nuevo.

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Te explicamos cuándo prescribe una deuda con sentencia firme y qué puedes hacer para cancelarla sin tener que pagarla
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FAQ: Prescripción de deuda con sentencia firme

¿Qué se considera una sentencia firme en materia de deudas?

Se entiende por sentencia firme aquella resolución judicial que ya no puede ser recurrida porque han vencido los plazos ordinarios para interponer recursos, o porque todos los recursos posibles ya han sido desestimados. Esa sentencia declara la existencia de la deuda de modo definitivo y constituye un título ejecutivo que permite exigir su cumplimiento mediante ejecución forzosa.
El plazo es de 20 años. Ese es el periodo que la ley concede al acreedor para ejecutar judicialmente la sentencia firme que reconoce la deuda, es decir, para adoptar medidas como embargos u otras acciones de ejecución.
Se cuenta desde la firmeza de la sentencia, esto es, desde el momento en que ya no cabe ningún recurso que pueda impugnarla.
Sí. El plazo se interrumpe si se produce alguna actuación válida de ejecución de la sentencia tales como un embargo, solicitud de ejecución judicial, requerimientos de pago judiciales, o reconocimiento de la deuda por el deudor. Cada uno de estos actos reinicia el cómputo del plazo de prescripción.
Puede oponerse en el procedimiento de ejecución alegando la prescripción de la deuda. Para ello deberá acreditar que ha transcurrido el plazo legal (20 años) desde que la sentencia fue firme, sin que haya existido interrupción por parte del acreedor. Si el tribunal acepta la oposición, la ejecución se archivará.

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